BOLETÍN OFICIAL Nº 31 – 16/03/18

Dra. Marisa E. Rondon, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 3 -Secretaria N° 5, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. N° B-262782/11 caratulado: “Prepara Vía Ejecutiva Tarjeta Naranja c/ Cruz Bertello Carina Fabiana, hace saber a la Sra. Cruz Bertello Carina Fabiana, la siguiente Resolución que a continuación se transcribe: San Salvador de Jujuy, 21 de Junio de 2017. Autos y Vistos: Resulta: Considerando: Resuelve:  I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por TARJETA NARANJA S.A. en contra de la Sra. Cruz Bertello Carina Fabiana hasta hacerse el acreedor integro pago del capital reclamado, o sea la suma de pesos diez mil doscientos trece con 61 ctvos. ($10.213,61) con más los intereses de la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina de conformidad a la doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. N° B.145.731/05, (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos N° 54, f° 673/678, n° 235) y un interés punitorio equivalente al 50% de la tasa mencionada, desde la mora y hasta su efectivo pago, con más I.V.A. si correspondiere.-  II.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 C.P.C.)  III.- Regular los honorarios del Dr. Ekel Meyer, los mismos se regulan en la suma de pesos tres mil quinientos ($3.500) por la labor desarrollada en autos, de conformidad con lo dispuesto en la Acordada 96/2016 (L.A. N° 19, F° 182/184, N° 96), los que han sido fijados a la fecha de la presente, por lo que solo en caso de mora, dicho monto devengara un interés igual a la tasa activa de conformidad a la doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. N° B.145.731/05, (Sala I – Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos N° 54, f° 673/678, n° 235), con mas I.V.A. si correspondiere. IV.- Firme la presente, intimar a la parte actora a retirar por Secretaria el documento original en el término de cinco días, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.-  V.- Notificar la presente al demandado por edictos (art. 62 del C.P.C.) y en lo sucesivo por Ministerio de la Ley (Art.154 del C.P.C.).- VI.- Agregar copia en autos, hacer saber, protocolizar. Fdo. Dra. Marisa E Rondon-Juez-Ante Mi Secretaria María Laura López Pfister.- Notifíquese a la demandada por edictos que se publicaran en un diario local y en el Boletín Oficial por el término de tres veces en cinco días. Publíquese en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días.- Secretaria: Dra. María Laura López Pfister.- San Salvador de Jujuy, 23 de Junio de 2.017.-

 

14/16/19 MAR. LIQ. Nº 13275 $465,00.-