BOLETÍN OFICIAL Nº 30 – 14/03/18

Dr. Juan Pablo Calderón Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial  Nº 1 Secretaria Nº 1, De La Provincia De Jujuy, en el Expte. Nº C-057066/15 “TARJETA NARANJA S.A. C/ FLORES ROMINA MARICEL S/ PREPARA VIA EJECUTIVA” hace saber que se ha dictado el siguiente decreto:”S.S. de Jujuy, 15 de setiembre de 2016 I.- El informe actuarial que antecede, téngase presente.- II.- Proveyendo a la presentación de fs.45, atento a lo informado precedentemente, notifíquese a la demandada FLORES, ROMINA MARICEL, DNI. Nº 30.558.803 por medio de Edictos, conforme lo dispuesto por el Art. 474 del C.P.C., el Proveído de fs. 16 y el presente. Para el caso que la demandada no se presente a hacer valer sus derechos, se le designará oportunamente un Defensor Oficial de Pobre y Ausentes que por turno corresponda (Art. 474 in fine del C.P.C.).- III.- A tal fin publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en el término de cinco días. IV.- Actuando el principio contenido en el primer párrafo del Art.72 del C.P.C., imponese al solicitante la carga de confeccionar el mismo para su posterior control y firma. V.- Notifíquese Art.155 del C.P.C.-“Fdo. Dr. Juan Pablo Calderón – Juez- Ante mi: Dra. Amelia del Valle Farfán. Prosecretaria.- PROVEIDO DE FS. 18 “”SAN SALVADOR DE JUJUY, DE FEBRERO DE 2016. I.-El informe actuarial que antecede, téngase presente. II.-Por presentado el DR. CARLOS ABEL DAMIAN AGUIAR, en nombre y representación de TARJETA NARANJA S.A., CUIT Nº 30-68537634-9, a mérito de la copia juramentada de Poder General para juicios que se acompaña, ( fs. 02/05), por parte y por constituido domicilio a los efectos procesales. III.- Previo a todo trámite intimase al promotor de autos a acreditar el pago del impuesto de sellos en el término de cinco días y bajo apercibimiento de comunicarle a la Dirección de Rentas de la Provincia. IV.-Cumplido, agréguese la documentación que se acompaña y atento a lo dispuesto por el art. 473 inc. 1º del C.P.C., cítase al demandado/a FLORES, ROMINA MARICEL, D.N.I. 30.558.803, en el domicilio denunciado para que concurra ante éste Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 1 Secretaría Nº 1, dentro del término de cinco días, de su notificación y en horas de despacho a los efectos de reconocer contenido y firma de los instrumentos obrantes a fs.06/10 de autos, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 475 del item. V- Actuando el principio contenido en el primer párrafo del art.72 del C.P.C. (por analogía art.137 del C.C.N.) impónese al proponente la carga de confeccionar la cédula de notificación para su posterior control y firma la que deberá presentarse por Secretaría VI.-Notificaciones en Secretaría Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. VII-Notifíquese, art. 155 del C.P.C.- ” Fdo. Dr. Juan Pablo Calderón –Juez- Ante mi: Dra. Amelia del Valle Farfán.” -Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un diario de amplia circulación de la Provincia de tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, a los  22 días del mes de Agosto del 2017.-

 

09/12/14 MAR. LIQ. Nº 13271 $ 465,00.-