BOLETÍN OFICIAL Nº 29 – 12/03/18
EXPTE Nº 0516-1582/2007.-
y Agregado Nº 0516-1341/2008.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 DIC. 2017.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.-Desaféctase del Dominio Público del Estado Provincial el inmueble individualizado como Parcela 2, Manzana 169, Sección 11, Circunscripción 1, con una superficie equivalente a Doscientos Cincuenta y Nueve metros cuadrados Sesenta y Nueve decímetros cuadrados (259,69 m2), que surge del Plano de Mensura Para Desafectación de Calles aprobado por la Dirección Provincial de Inmuebles bajo el N° 08008, ubicado en Barrio San Francisco de Alava, Departamento Doctor Manuel Belgrano.‑
ARTÍCULO 2°.-Transfiérase en donación a la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, el inmueble identificado en el artículo anterior, con el objeto de su unificación a la superficie de terreno de la Sección B, desafectada por Ordenanza N° 3881/03 (Anexo I) con cargo expreso de transferirse, las parcelas resultantes del Plano de Mensura, Unificación y División a aprobarse, a las familias ubicadas en el mismo conforme al Anexo II de la referida Ordenanza.‑
ARTÍCULO 3°.-Autorizase a Escribanía de Gobierno a confeccionar los instrumentos notariales pertinentes, a los fines de darle operatividad registral al presente Decreto.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR