BOLETÍN OFICIAL Nº 29 – 12/03/18

JOSE MADDALLENO

Martillero Judicial – M.P. Nº 50.-

JUDICIAL: BASE $88.040,05.- 1/7 PARTE INDIVISA DEL INMUEBLE RURAL UBICADO EN BANDA DEL RIO DE LAS CAÑAS, SAUZALITO, DEPARTAMENTO VALLE GRANDE”.- El día  14  del mes de   Marzo   del año 2.018,  a horas  17:00,  en calle  Ejército  del  Norte  Nº 796 esquina Río de la Plata – Bº Mariano Moreno de esta ciudad, por orden del Dr. RICARDO R. CHAZARRETA – Juez del Tribunal del Trabajo – Sala I – Vocalía 2, en el Expte. Nº B-241.699/10, caratulado: “DEMANDA LABORAL: RODRIGUEZ, LUCAS FERMIN c/ RAMELLA, FELIX”, REMATARE en pública subasta, al mejor postor, dinero de contado, comisión del martillero (5%) a cargo del comprador y con la Base de Pesos Ochenta y Ocho Mil Cuarenta con Cinco centavos ($88.040,05), la parte indivisa (1/7) del demandado Félix Ramella – DNI 93.929.690 sobre el inmueble individualizado como: Matrícula G-282, Nomenclatura Catastral: Parcela 129-A, Padrón G-742, ubicado en Banda del Río de las Cañas, Sauzalito, Dpto. de Valle Grande, Provincia de Jujuy.- Limita al naciente con el Río Valle Grande y la “Piedra Blanca”; al norte con el Arroyo de Agua Colorada; al poniente con la cumbre del cerro y con propiedad de Juan Manuel Herrera; y al Sud con la de Narciso Tejerina. Mide: cinco kilómetros de Naciente al Poniente por dos kilómetros y medio de Norte a Sud.- El mismo se encuentra desocupado y sin mejoras según estado de ocupación agregado en autos.- Registra los siguientes gravámenes: ASIENTO 1: EMBARGO PREVENTIVO: s/ parte indiv.- por oficio de fecha ../09/2010, Trib. Trabajo- Sala II- Jujuy- Expte. Nº 240049/10, Cautelar de Aseguramiento de Bienes: Lucas Fermín Rodríguez c/ Félix Ramella; Insc. Prov.: 27/09/2010.- ASIENTO 2: Ref.As. 1, INSC. DEFINITIVA: por oficio de fecha 12/10/2010, registrada: 19/10/2010.- ASIENTO 3: EMBARGO PREVENTIVO: s/ parte indiv.- por oficio de fecha 20/10/2015, Trib. Trabajo- Sala I- Jujuy- Expte. Nº B-240049/10, Rodríguez, Lucas Fermín c/ Ramella, Félix; registrada: 20/11/2015.- No posee otras restricciones domínales según informe agregado a la presente causa.- La subasta se efectuará con todo lo edificado, clavado, plantado, cercado, demás adherido al suelo y libre de gravámenes.- El martillero se encuentra facultado a percibir el 20% del precio de venta en concepto de seña más la comisión de ley, el saldo deberá depositarse una vez que lo requiera el Tribunal a nombre del Juez que interviene en la causa.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un diario local por el término de Tres Veces en Cinco Días.- Por consultas llamar al 0388-154047128.- San Salvador de Jujuy,  28  de  Febrero  de 2.018.- Dra. Cecilia M. Macedo – Prosecretaria.-

 

09/12/14 MAR. LIQ. Nº 13246 $320,00.-