BOLETÍN OFICIAL Nº 82 – 26/07/10
EXPTE. Nº 0300-271-2010.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 JUL. 2010.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Otórgase Personería Jurídica a la entidad “TERCERA GENERACION – Asociación Civil”, con asiento en esta Ciudad y, consecuentemente, apruébase su Estatuto Social que consta de Treinta y Cinco (35) Artículos, y corre agregado de Fs. 05 a 09 de autos.
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR