BOLETÍN OFICIAL Nº 28 – 09/03/18

DECRETO Nº 4104-HF/2017.-

EXPTE Nº 500-933/2017.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 JUL. 2017.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.-Apruébase el CONVENIO y su Anexo I, suscriptos con fecha 27 de marzo de 2017, entre la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS del Gobierno Nacional, representado por el Licenciado MARCOS PEÑA, el MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA, representado por el Licenciado ROGELIO FRIGERIO, el MINISTERIO DE HACIENDA, representado por el Licenciado NICOLAS DUJOVNE, y la PROVINCIA DE JUJUY, conforme lo expresado en el exordio.-

ARTICULO 2°.-Dispónese la cesión pro solvendo de los derechos sobre las sumas a percibir de la Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1°, 2° y 3° del ACUERDO NACION PROVINCIAS SOBRE RELACIÓN FINANCIERA Y BASES DE UN RÉGIMEN DE COPARTICIPACIÓN FEDERAL DE IMPUESTOS, ratificado por Ley 25.570 o el régimen que lo sustituya en el futuro, hasta la total cancelación del capital con más los intereses y gastos adeudados con los alcances previstos en el Convenio que se aprueba.-

ARTICULO 3°.-Como consecuencia de lo dispuesto en los Artículos 1° y 2° del presente, autorizase al Estado Nacional a retener automáticamente de la Coparticipación Federal de Impuestos de acuerdo a lo establecido por los artículos 1°, 2° y 3° del Acuerdo Nación Provincias ratificado por Ley Nacional N° 25.557 o el régimen que la sustituya, los importes necesarios para la ejecución del Convenio que se ratifica por el presente.-

ARTICULO 4°.-Dése cuenta a la Legislatura de la Provincia.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR