BOLETÍN OFICIAL Nº 83 – 28/07/10
EXPTE. Nº 766-00654/09.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 NOV. 2009.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Autorizase al Ministerio de Desarrollo Social, la adquisición de Bienes de Capital consignados en el Anexo I parte integrante del presente, por hasta la suma de Pesos Ciento Cuatro Mil Setecientos Ochenta ($ 104.780,00), de conformidad a lo expresado en el exordio.-
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR