BOLETÍN OFICIAL Nº 101 – 10/09/10
EXPTE Nº 500-232/10.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 MAY. 2010.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Los empleados del Poder Judicial, comprendidos en el Anexo C de la Ley Nº 4743, percibirán, a partir del mes de mayo de 2010, una asignación por Titulo Primario o por Titulo Secundario, la que se establece en los siguientes tramos y porcentajes: a) Asignación por Titulo Primario: Se determinará sobre el sueldo básico de la categoría de revista del agente y en los porcentajes que a continuación se indican: Primer mes: 3,75 % a partir del segundo mes: 7,5 %.- b) Asignación por Titulo Secundario: Se determinará sobre el sueldo básico de la categoría de revista del agente y en los porcentajes que a continuación se indican: Primer mes: 2,19 %, Segundo mes: 4,38 % Tercer mes: 6,56 %, Cuarto mes: 8,75 %, Quinto mes: 10,94 %, Sexto mes: 13,13 %, Séptimo mes: 15,32 % a partir del Octavo mes:17,50 %.-
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
Gobernador