BOLETÍN OFICIAL Nº 26 – 05/03/18

Primer Testimonio – Escritura Número: Trescientos Setenta y Dos.- Modificación de Estatuto “Petra Energy S.A.”. En la ciudad de Salta, capital de la provincia del mismo nombre, República Argentina, a los veinte días de diciembre del año dos mil diecisiete, ante mí: BRUNO JOSE BOCANERA, Escribano Adjunto del Registro número once, comparecen el señor Daniel Rubén BONAFEDE, Documento Nacional de Identidad Número 16.140.637, CUIL/T Número 20-16140637-7, argentino, nacido el día 09 de abril de 1963, de profesión geólogo, divorciado de sus primeras nupcias de Claudia Inés Galli, lo que acredita con sentencia de fecha 14 de Marzo de 2001, autos caratulados “Galli, Claudia Inés- Bonafede Daniel Rubén-Divorcio Vincular por presentación conjunta” Expediente N° 218.692/08 del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Persona y Familia Primera Nominación, Distrito Centro, de esta provincia que en copia certificada agrego a la presente, y domiciliado en calle Diario El Liberal número 2.387, de Barrio El Tribuno, de esta ciudad; y la señora Antonia Eugenia Ramos García, Documento Nacional de Identidad Número 17.088034-5, CUIL/T Número 27-17088034-5, argentina, nacida el día 02 de Julio 1964, de profesión docente, divorciada de sus primeras nupcias Armando Flavio Alzaga, conforme acredita con Oficio donde se decreta el Divorcio acaecido bajo sentencia de fecha 22 de diciembre de 2015, en los autos caratulados “Alzaga, Armando Flavio-Ramos García, Antonia Eugenia-Divorcio” Expediente N° 526.568/15, en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil de Personas y Familia Sexta Nominación, Distrito Centro, de esta provincia que en copia certificada agrego a la presente, y con domicilio en calle San Roque número 668, Barrio San Francisco, de esta ciudad.- Los comparecientes hábiles, manifiestan ser plenamente capaces para este otorgamiento y quienes identifico conforme documento que me exhiben y en copia certificada agrego a la presente.‑ Intervienen por sus propios derechos en su calidad de únicos socios de la Sociedad Anónima que gira bajo el nombre de “PETRA ENERGY S.A.” conforme: Contrato Constitutivo de Sociedad Anónima “PETRA ENERGY S.A.”, otorgado mediante Escritura Publica Número Ciento Treinta y Tres (133), de fecha diez de mayo del año dos mil diecisiete, autorizada por la Escribana María Soledad Congiu, Adscripta del Registro Notarial N° 6, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Belgrano, Provincia de Jujuy, instrumento que en original tuve ante mi vista y que se encuentra en trámite de inscripción bajo el Expediente N° C-098.272/2017 caratulado: “PETRA ENERGY S.A. Inscripción: Constitución de Sociedad”, que se tramita en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, en el Juzgado Civil y Comercia N° 6, y en tal carácter Dicen: PRIMERO: Modificación del Estatuto Social: Como consecuencia de la presente los socios por unanimidad reforman el ARTICULO SEGUNDO del TITULO PRIMERO del Estatuto Social DE PETRA ENERGY S.A., el mismo quedará redactada de la siguiente forma: “EL PLAZO de la sociedad es de 99 años”; y el ARTICULO TERCERO DEL TITULO PRIMERO del Estatuto Social de PETRA ENERGY S.A, el mismo quedará redactado de la siguiente forma: “La sociedad tiene por OBJETO dedicarse por sí, o por o para terceros o asociada a terceros a las siguientes actividades: a) Metales: exploración, adquisición y explotación de minas, de metales ferrosos y no ferrosos, diseminados y canteras, elaboración y venta de sus productos, pudiendo a tal fin adquirir y enajenar minas y todo derecho minero dentro y fuera del país, hacer manifestaciones de descubrimiento, solicitar cateos, socavones o restauraciones, minas vacantes, expropiaciones de superficies, servidumbres y cualquier otro derecho establecido en el Código de Minería. b) Minerales: explotar minas, canteras y yacimientos de todo tipo de minerales; así corno efectuar estudios de localización o trabajo de cateo o de extracción o purificación de esos productos. c) Comerciar: mediante la comercialización en todas sus etapas, distribución, transporte y fraccionamiento de productos a los que se hace referencia anteriormente; compra, venta, permuta, representación, consignación, distribución y acopio, instalación de negocios, mayoristas o minoristas para el expendio, alquiler y transporte de los productos y maquinaria relacionados con la actividad señalada precedentemente. e) Industrial: mediante la adquisición, creación, instalación, y/o arrendamiento y explotación de todo tipo de plantas de elaboración, transformación, envasado, fraccionamiento o industrialización primaria de los productos derivados de la actividad mencionada precedentemente. f) Importación y exportación: de materias primas y de todo tipo de bienes, productos y maquinarias derivados relacionados con las actividades indicadas anteriormente”. SEGUNDO: TRAMITE DE INSCRIPCION: Los otorgantes requieren y facultan por este acto a la doctora Danisa Ruiz, Matricula Profesional 3.495, de la Provincia de Jujuy, a realizar todos los trámites necesarios para la inscripción de la presente en el Registro Público de Comercio de esta provincia, asumiendo la Sociedad los gastos y honorarios que origine la mencionada gestión.‑ Previa lectura y ratificación, firma el compareciente de conformidad por ante mi, doy fe.- Redactada la presente escritura en dos sellados notariales números C-00266073, y C-00266074, y sigue a la anterior que termina al folio número: 2901.- FIRMADO: Daniel Rubén BONAFEDE-Antonia Eugenia Ramos García.- Ante mí Bruno José Bocanera. Sigue mi sello notarial.- Concuerda: Con la escritura matriz que paso ante mí, doy fe.- Para los interesados expido este Primer Testimonio en dos fojas de Actuación Notarial serie B-00100844 y C-00100845, que firmo y sello en el lugar y fecha de su otorgamiento.‑ ESC. BRUNO JOSÉ BOCANERA, ADJ. REG. N° 11- SALTA.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial de conformidad al Art. 10 de la Ley 19.550.-

San Salvador de Jujuy, 22 de Febrero de 2018.-

MARTA ISABEL CORTE

P/HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO

05 MAR. LIQ. N° 13198 $ 230,00.-