BOLETÍN OFICIAL Nº 144 – 23/12/16

Dra. Silvia Elena Yecora, Juez de Primera Instancia en lo Civil Y Comercial Nº 2, Secretaria Nº 4, en la causa que se tramita mediante Expte. B-222683/10, caratulado: Ejecutivo CREDINEA S.A. c/ Arjona Roberto Elías; se procede a notificar por éste medio al demandado Arjona Roberto Elías la siguiente resolución: San Salvador de Jujuy, 04 de Diciembre de 2013. Autos y Vistos..Resulta…Considerando…Resuelve: 1.- Avocase la suscripta al conocimiento de la presente causa.- 2.- Mandar llevar adelante la presente ejecución interpuesta por CREDINEA S.A. en contra de Arjona Roberto Elías hasta hacerse el acreedor del integro pago del capital reclamado o sea la suma de Pesos Un Mil Ochocientos Diez c/80/100 ctvos. ($1.810,80), con más el interés de la tasa activa promedio que publica mensualmente el banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuentos de documentos comerciales (L.A Nº 37- Fº 1184/1188- Nº 538) desde la fecha de mora, y hasta el efectivo pago, con más el 50% de los intereses punitorios de lo que resulte de los compensatorios. 3.- Diferir la regulación de los honorarios profesionales del Dr. Saidman Ros Francisco J. hasta tanto exista planilla de liquidación aprobada en autos. 4.- Imponer las costas a la parte vencida (art. 102 del C.P.C.). 5.- Notifíquese la presente resolución por cedula y en lo sucesivo por Ministerio del Ley (art. 154 del C.P.C.). 6.- Firme la presente por secretaria incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.- 7.- Notificar, agregar copias en autos, protocolizar. Fdo. Dra. Silvia Elena Yecora, Juez, Ante mi, Dra. Borja, Beatriz, Secretaria. Publíquese el presente edicto en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco días.- Se le hace saber que los términos se comenzarán a contar a partir de la última publicación, en caso de incomparencia se le designará un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes.- San Salvador de Jujuy, 07 de abril del 2016.-

 

23/26/28 DIC. LIQ. Nº 124513 $270,00.-