BOLETÍN OFICIAL Nº 24 – 28/02/18
EXPTE. Nº 500-703-16.-
SAN SALVADOR, 27 JUL. 2016.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Dispónese , a partir del 1° de Julio del corriente año, a favor del personal docente el incremento en el Adicional No Remunerativo Bonificable de pesos cien ($100) y en el concepto Estado Docente de pesos ochenta y seis ($86).-
ARTICULO 2°.- Determinase que, a partir del 1° de julio del corriente año, el impacto del Adicional No Remunerativo previsto en el artículo 2° del Decreto Acuerdo N° 2847-H-2009 será considerado íntegramente (100%).-
ARTICULO 3°.- La erogación dispuesta por el presente ordenamiento se imputará a la partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto vigente, autorizando al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.-
ARTICULO 4°.- Las disposiciones reglamentarias e interpretativas que demande el cumplimiento de la presente norma serán emitidas por el Ministerio de Hacienda y Finanzas en la oportunidad que en cada caso se requiera.-
ARTICULO 5°.- El presente será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y Finanzas y de Educación.-
C.P.N GERARDO MORALES
GOBERNADOR