BOLETÍN OFICIAL Nº 13 – 31/01/18
EXPTE Nº 742-207/16.-
Agdo. Nº 742-209/16.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 NOV. 2017.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Téngase por aceptada con retroactividad al 31 de mayo de 2016, la renuncia presentada por el Dr. Facundo Sierra, CUIL 20-28653454-7, al cargo categoría A (j-1), agrupamiento profesional, Ley N° 4418, de la U. de O.:R2-02-26 Hospital “Susques”, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTICULO 2°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos ejercicio 2017 – Ley N° 6001 conforme se indica a continuación:
JURISDICCIÓN “R” MINISTERIO DE SALUD
TRANSFERIR
DE:
U. de O.: R2-02-26 HOSPITAL “SUSQUES”
Categoría Nº de Cargos
A (j-1) 1
Agrup. Profesional
Ley Nº 4418
Total 1
A:
U. de O.: R2-02-13 HOSPITAL “MAIMARA”
Categoría Nº de Cargos
A (j-1) 1
Agrup. Profesional
Ley Nº 4418
Total 1
ARTICULO 3°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente, conforme se indica a continuación:
TRANSFERIR
DE:
U. de O.: R2-02-13 HOSPITAL “MAIMARA”
Categoría Nº de Cargos
E (j-1) 1
Agrup. Profesional
Ley Nº 4418
Total 1
A:
U. de O.: R2-02-26 HOSPITAL “SUSQUES”
Categoría Nº de Cargos
E (j-1) 1
Agrup. Profesional
Ley Nº 4418
Total 1
ARTICULO 4°.- Transfiérase cargo y persona de la Dra. María Eva Brito, CUIL 27-13459211-2, cargo categoría E (j-1), agrupamiento profesional, Ley N° 4418, de la U. de O.:R2-02-13 Hospital “Maimará”, a la U. de O.:R2-02-26 Hospital “Susques”, a partir de la fecha del presente Decreta, de conformidad a lo expresado en el exordio.-ARTICULO 5°.- La erogación emergente del presente Decreto, se atenderá con la Partida Presupuestaria que a continuación se indica:
EJERCICIO 2017
La partida de “Gastos en Personal” asignada en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ley N° 6001, correspondiente a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización 2-02-26 Hospital Susques y Unidad de Organización 2-02-13 Hospital Maimará.‑
ARTICULO 6°.- Autorizar a la Dirección Provincial de Presupuesto a realizar la transferencia de Créditos Presupuestarios que resulten necesarios, a los efectos de la atención de las disposiciones del presente Decreto.‑
ARTICULO 7°.- El- presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR