BOLETÍN OFICIAL Nº 12 – 29/01/18
EXPTE. Nº200-002/2016.-
C/ AGDO. Nº 761-15432/16
Y Nº 400-2684/15.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 NOV. 2017.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Autorícese al Fiscal de estado de la Provincia a la suscripción y conclusión del acuerdo de pago definitivo en el marco del Expediente Nº 200-002/16 caratulado:” MALLAGRAY MARIO EN REPRESENTACIÓN D ELA SRA. RAMOS JAQUELINA Y DEL MENOR LAUTARO CONDORI INTERPONE RECLAMO ADMINISTRATIVO LEY Nº 5238 POR ACCIDENTE DE TRABAJO”, y sus agdos. Nº 761-15432/16 y 400-2684/15, por los motivos expuestos en el exordio.-
ARTICULO 2º.- Autorícese a Contaduría de la Provincia a imputar la erogación derivada del expediente administrativo que se indica en el artículo 1º) a favor del Instituto de Seguros de Jujuy, para ser aplicada al pago de la prestación dinerario prevista por la Ley 24.557, debiendo éste organismo cumplir con la ejecución del gasto y rendición de cuentas, de acuerdo a las disposiciones vigentes.-
ARTICULO 3º.- La erogación emergente se atenderá con la siguiente Partida:
EJERCICIO 2017- Ley Nº 6.001:
Jurisdicción: L DEUDA PÚBLICA
Sección: 3 OTRAS EROGACIONES
Sector: 10 EROGACIONES P/ ATENDER AMORT. DEUDA-C/ RENTAS GRALES.
Part. Ppal.: 1 AMORTIZACION DE LA DEUDA PÚBLICA
Part. S. Pcial.: 26 P/ Pago Obligaciones Noc Comprometidas Presup. En Ej. Anteriores
ARTICULO 4º.-Instrúyase a Fiscalía de Estado para que, en caso de corresponder, repita del tercero responsable del accidente de tránsito ocurrido el día 11 de Mayo de 2015 por las sumas dinerarias que el estado Provincial deba abonar como consecuencia del fallecimiento en accidente de trabajo del Cabo 1º CRISITIAN SEBASTIAN CONDORI, conforme las previsiones del artículo 39º, apartado 5, de la Ley Nº 24.557.-
ARTICULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Seguridad y de Hacienda y Finanzas.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR