BOLETÍN OFICIAL Nº 103 – 15/09/10

Icon_PDF_6DECRETO Nº 6149-IP.-

EXPTE Nº 600-678/2008.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 JUL. 2010.-

VISTO:

Este expediente caratulado: “UEP PROG. FEDERAL EMERG. HABITACIONAL e/ INFORME REF. A TERRENOS DISPONIBLES PARA COMPRAS EN LA LOCALIDAD DE  EL CARMEN, y

CONSIDERANDO:

Que en el presente expediente se promueve la adquisición de tierras que serán destinadas al Programa Federal de Emergencia Habitacional- I Etapa, otros Programas de Viviendas Sociales y la Relocalización de Asentamientos Irregulares; cuya situación de riegos por las condiciones que presentan los lugares deben ser resueltas con la mayor urgencia posible.

Que a fs. 22/23 obra Acta de la Comisión de Trabajo Ley Nº 5397 en la cual interviene el Ministro de Infraestructura y Planificación Dr. Fernando José FRIAS, Secretario de Infraestructura Arq. Gines Fernando ROSENBLUTH, los Diputados Provinciales Sr. Miguel MORALES, Sr. Carlos TOCONAS y Arq. José Antonio MELE, el Director de Inmuebles Dr. Guillermo Luis AGUIRRE y el CPN Lucio ABREGÚ en representación del Tribunal de Cuentas; y a través de la cual  se informa que de las propuestas analizadas se selecciona y recomienda la adquisición- en esta etapa- del inmueble de propiedad de la Sra.  María Julia CARBONE individualizado como , Circunscripción 1, Sección 4, Lote 840, Parcela 36, Padrón B-18745, el cual consta de una superficie de 19.537,74 m2 ubicada en la ciudad de El Carmen, Barrio 1º de mayo, Departamento El Carmen y por un monto de $ 250.000 por dicha fracción. Posteriormente, a fs.19 se acompaña mejora de oferta realizada por la propietaria por la suma de $ 200.000.-

Que se adjunta en autos copias de la Matricula de Dominio corresponde mediante la cual queda acreditada la titularidad registral del inmuebles (fs. 24) como de Plano de Mensura y División (fs 20) aprobado bajo el Nº 01394 por la Dirección Provincial de Inmuebles en fecha 27 de noviembre 2001.-

Que rola incorporada Acta Nº 203/08 del Tribunal de Tasaciones, estima al momento de este acto, el valor de  $ 144.579 para los 19.537,74 m2 de tierra libre de mejoras.-

Que a fs. 27 la Dirección Provincial de Presupuesto emite informe de su competencia, haciendo lo propio Contaduría de la Provincia a fs. 29

Que a fs.32 la Dirección de Recursos Hídricos extiende el correspondiente Certificado de No Inundabilidad.

Que a fs. 34 /36 obra dictamen legal del Asesor Legal del Ministerio de Infraestructura y Planificación, adherido a fs. 38 por el Asesor Legal de Fiscalia d Estado y a fs.38 vlta. la Dra. Felicitas VELARDE a/c Coordinación del Departamento de Asuntos Legales de dicha área, comparte los términos del dictamen de fs. 34/36 y 38, respectivamente.-

Que se ha cumplido el proceso determinado por el Art.3 de la Ley Nº 5397 que habilita la adquisición de tierras por la metodología de Compra Directa.-

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA   

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Autorizase a la Secretaria de Infraestructura dependiente del Ministerio de Infraestructura y Planificación, a adquirir bajo la modalidad de compra directa la Superficie de 19.537,74 m2 correspondientes a la Parcela 36- Lote 840, Padrón B-18745- Circunscripción 1, Sección 4, ubicada en ciudad de El Carmen – Barrio 1º de mayo- Departamento el Carmen, de propiedad de la Señora Maria Julia CARBONE, por un monto total de: PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000,00),  por las razones expresadas en el exordio.-

ARTICULO 2.-  Determínase que el inmueble cuya adquisición se dispone por el artículo anterior será destinado a la Relocalización de asentamiento irregulares, en el  marco del Programa Federal de Emergencia Habitacional previsto por Ley Nº 5397.-

ARTÍCULO 3.-   La erogación emergente de lo dispuesto en el artículo 1º del presente Decreto se  atenderá con imputación a la siguiente partida presupuestaria:

EJERCICIO 2009:

JURISDICCION: “K” OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO

FINALIDAD: 1 ADMINISTRACIÓN CENTRAL

FUNCION: 7 ADMINISTRACION GENERAL  SIN DISCRIMINAR

SECCION: 2 EROGACIONES DE CAPITAL

SECTOR: 6 BIENES PREEXISTENTES

Part. Ppal :  9 BIENES PREEXISTENTES

Part. Pcial: 1 Bienes Preexistentes   $200.000,00

ARTÍCULO 4.– La Secretaria de Infraestructura  dependiente del Ministerio de Infraestructura  y Planificación, deberá previo a gestionar pago alguno por la compra del terreno autorizada por el Art. 1º, arbitrar los medios para que las mismas se encuentran libres de  ocupantes y/o cosas y a que el oferente presente los Certificados de Libre Deuda, exigibles según la naturaleza de la compra venta

ARTICULO 5.-  Autorizase a Escribanía de Gobierno a instrumentar la transferencia de dominio del inmueble cuya adquisición se dispone por el articulo 1º del presente dispositivo.-

ARTICULO 6.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Infraestructura y Planificación y de Hacienda.-

ARTICULO 7 .–  Dése intervención a la Legislatura de la Provincia  de  conformidad a lo dispuesto por el Articulo 6, Ley Nº 5397.-

ARTICULO 8 .–  Previa toma de razón de Fiscalia de Estado y de Tribunal de Cuentas, vuelva a Ministerio de Infraestructura y Planificación, Dése a Boletín Oficial para su publicación- en forma integral- y a Dirección de Prensa. Pase  a Dpto. Contable MIP, Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y siga a Secretaria General de la Gobernación y a Escribanía de Gobierno.-

 

Dr. WALTER B. BARRIONUEVO

GOBERNADOR

DECRETO Nº 6149-IP.-

EXPTE Nº 600-678/2008.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 JUL. 2010.-

VISTO:

Este expediente caratulado: “UEP PROG. FEDERAL EMERG. HABITACIONAL e/ INFORME REF. A TERRENOS DISPONIBLES PARA COMPRAS EN LA LOCALIDAD DE  EL CARMEN, y

CONSIDERANDO:

Que en el presente expediente se promueve la adquisición de tierras que serán destinadas al Programa Federal de Emergencia Habitacional- I Etapa, otros Programas de Viviendas Sociales y la Relocalización de Asentamientos Irregulares; cuya situación de riegos por las condiciones que presentan los lugares deben ser resueltas con la mayor urgencia posible.

Que a fs. 22/23 obra Acta de la Comisión de Trabajo Ley Nº 5397 en la cual interviene el Ministro de Infraestructura y Planificación Dr. Fernando José FRIAS, Secretario de Infraestructura Arq. Gines Fernando ROSENBLUTH, los Diputados Provinciales Sr. Miguel MORALES, Sr. Carlos TOCONAS y Arq. José Antonio MELE, el Director de Inmuebles Dr. Guillermo Luis AGUIRRE y el CPN Lucio ABREGÚ en representación del Tribunal de Cuentas; y a través de la cual  se informa que de las propuestas analizadas se selecciona y recomienda la adquisición- en esta etapa- del inmueble de propiedad de la Sra.  María Julia CARBONE individualizado como , Circunscripción 1, Sección 4, Lote 840, Parcela 36, Padrón B-18745, el cual consta de una superficie de 19.537,74 m2 ubicada en la ciudad de El Carmen, Barrio 1º de mayo, Departamento El Carmen y por un monto de $ 250.000 por dicha fracción. Posteriormente, a fs.19 se acompaña mejora de oferta realizada por la propietaria por la suma de $ 200.000.-

Que se adjunta en autos copias de la Matricula de Dominio corresponde mediante la cual queda acreditada la titularidad registral del inmuebles (fs. 24) como de Plano de Mensura y División (fs 20) aprobado bajo el Nº 01394 por la Dirección Provincial de Inmuebles en fecha 27 de noviembre 2001.-

Que rola incorporada Acta Nº 203/08 del Tribunal de Tasaciones, estima al momento de este acto, el valor de  $ 144.579 para los 19.537,74 m2 de tierra libre de mejoras.-

Que a fs. 27 la Dirección Provincial de Presupuesto emite informe de su competencia, haciendo lo propio Contaduría de la Provincia a fs. 29

Que a fs.32 la Dirección de Recursos Hídricos extiende el correspondiente Certificado de No Inundabilidad.

Que a fs. 34 /36 obra dictamen legal del Asesor Legal del Ministerio de Infraestructura y Planificación, adherido a fs. 38 por el Asesor Legal de Fiscalia d Estado y a fs.38 vlta. la Dra. Felicitas VELARDE a/c Coordinación del Departamento de Asuntos Legales de dicha área, comparte los términos del dictamen de fs. 34/36 y 38, respectivamente.-

Que se ha cumplido el proceso determinado por el Art.3 de la Ley Nº 5397 que habilita la adquisición de tierras por la metodología de Compra Directa.-

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA   

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Autorizase a la Secretaria de Infraestructura dependiente del Ministerio de Infraestructura y Planificación, a adquirir bajo la modalidad de compra directa la Superficie de 19.537,74 m2 correspondientes a la Parcela 36- Lote 840, Padrón B-18745- Circunscripción 1, Sección 4, ubicada en ciudad de El Carmen – Barrio 1º de mayo- Departamento el Carmen, de propiedad de la Señora Maria Julia CARBONE, por un monto total de: PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000,00),  por las razones expresadas en el exordio.-

ARTICULO 2.-  Determínase que el inmueble cuya adquisición se dispone por el artículo anterior será destinado a la Relocalización de asentamiento irregulares, en el  marco del Programa Federal de Emergencia Habitacional previsto por Ley Nº 5397.-

ARTÍCULO 3.-   La erogación emergente de lo dispuesto en el artículo 1º del presente Decreto se  atenderá con imputación a la siguiente partida presupuestaria:

EJERCICIO 2009:

JURISDICCION: “K” OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO

FINALIDAD: 1 ADMINISTRACIÓN CENTRAL

FUNCION: 7 ADMINISTRACION GENERAL  SIN DISCRIMINAR

SECCION: 2 EROGACIONES DE CAPITAL

SECTOR: 6 BIENES PREEXISTENTES

Part. Ppal :  9 BIENES PREEXISTENTES

Part. Pcial: 1 Bienes Preexistentes   $200.000,00

ARTÍCULO 4.– La Secretaria de Infraestructura  dependiente del Ministerio de Infraestructura  y Planificación, deberá previo a gestionar pago alguno por la compra del terreno autorizada por el Art. 1º, arbitrar los medios para que las mismas se encuentran libres de  ocupantes y/o cosas y a que el oferente presente los Certificados de Libre Deuda, exigibles según la naturaleza de la compra venta

ARTICULO 5.-  Autorizase a Escribanía de Gobierno a instrumentar la transferencia de dominio del inmueble cuya adquisición se dispone por el articulo 1º del presente dispositivo.-

ARTICULO 6.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Infraestructura y Planificación y de Hacienda.-

ARTICULO 7 .–  Dése intervención a la Legislatura de la Provincia  de  conformidad a lo dispuesto por el Articulo 6, Ley Nº 5397.-

ARTICULO 8 .–  Previa toma de razón de Fiscalia de Estado y de Tribunal de Cuentas, vuelva a Ministerio de Infraestructura y Planificación, Dése a Boletín Oficial para su publicación- en forma integral- y a Dirección de Prensa. Pase  a Dpto. Contable MIP, Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y siga a Secretaria General de la Gobernación y a Escribanía de Gobierno.-

 

Dr. WALTER B. BARRIONUEVO

GOBERNADOR