BOLETÍN OFICIAL Nº 103 – 15/09/10
EXPTE Nº 600-678/2008.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 JUL. 2010.-
VISTO:
Este expediente caratulado: “UEP PROG. FEDERAL EMERG. HABITACIONAL e/ INFORME REF. A TERRENOS DISPONIBLES PARA COMPRAS EN LA LOCALIDAD DE EL CARMEN, y
CONSIDERANDO:
Que en el presente expediente se promueve la adquisición de tierras que serán destinadas al Programa Federal de Emergencia Habitacional- I Etapa, otros Programas de Viviendas Sociales y la Relocalización de Asentamientos Irregulares; cuya situación de riegos por las condiciones que presentan los lugares deben ser resueltas con la mayor urgencia posible.
Que a fs. 22/23 obra Acta de la Comisión de Trabajo Ley Nº 5397 en la cual interviene el Ministro de Infraestructura y Planificación Dr. Fernando José FRIAS, Secretario de Infraestructura Arq. Gines Fernando ROSENBLUTH, los Diputados Provinciales Sr. Miguel MORALES, Sr. Carlos TOCONAS y Arq. José Antonio MELE, el Director de Inmuebles Dr. Guillermo Luis AGUIRRE y el CPN Lucio ABREGÚ en representación del Tribunal de Cuentas; y a través de la cual se informa que de las propuestas analizadas se selecciona y recomienda la adquisición- en esta etapa- del inmueble de propiedad de la Sra. María Julia CARBONE individualizado como , Circunscripción 1, Sección 4, Lote 840, Parcela 36, Padrón B-18745, el cual consta de una superficie de 19.537,74 m2 ubicada en la ciudad de El Carmen, Barrio 1º de mayo, Departamento El Carmen y por un monto de $ 250.000 por dicha fracción. Posteriormente, a fs.19 se acompaña mejora de oferta realizada por la propietaria por la suma de $ 200.000.-
Que se adjunta en autos copias de la Matricula de Dominio corresponde mediante la cual queda acreditada la titularidad registral del inmuebles (fs. 24) como de Plano de Mensura y División (fs 20) aprobado bajo el Nº 01394 por la Dirección Provincial de Inmuebles en fecha 27 de noviembre 2001.-
Que rola incorporada Acta Nº 203/08 del Tribunal de Tasaciones, estima al momento de este acto, el valor de $ 144.579 para los 19.537,74 m2 de tierra libre de mejoras.-
Que a fs. 27 la Dirección Provincial de Presupuesto emite informe de su competencia, haciendo lo propio Contaduría de la Provincia a fs. 29
Que a fs.32 la Dirección de Recursos Hídricos extiende el correspondiente Certificado de No Inundabilidad.
Que a fs. 34 /36 obra dictamen legal del Asesor Legal del Ministerio de Infraestructura y Planificación, adherido a fs. 38 por el Asesor Legal de Fiscalia d Estado y a fs.38 vlta. la Dra. Felicitas VELARDE a/c Coordinación del Departamento de Asuntos Legales de dicha área, comparte los términos del dictamen de fs. 34/36 y 38, respectivamente.-
Que se ha cumplido el proceso determinado por el Art.3 de la Ley Nº 5397 que habilita la adquisición de tierras por la metodología de Compra Directa.-
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Autorizase a la Secretaria de Infraestructura dependiente del Ministerio de Infraestructura y Planificación, a adquirir bajo la modalidad de compra directa la Superficie de 19.537,74 m2 correspondientes a la Parcela 36- Lote 840, Padrón B-18745- Circunscripción 1, Sección 4, ubicada en ciudad de El Carmen – Barrio 1º de mayo- Departamento el Carmen, de propiedad de la Señora Maria Julia CARBONE, por un monto total de: PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000,00), por las razones expresadas en el exordio.-
ARTICULO 2.- Determínase que el inmueble cuya adquisición se dispone por el artículo anterior será destinado a la Relocalización de asentamiento irregulares, en el marco del Programa Federal de Emergencia Habitacional previsto por Ley Nº 5397.-
ARTÍCULO 3.- La erogación emergente de lo dispuesto en el artículo 1º del presente Decreto se atenderá con imputación a la siguiente partida presupuestaria:
EJERCICIO 2009:
JURISDICCION: “K” OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO
FINALIDAD: 1 ADMINISTRACIÓN CENTRAL
FUNCION: 7 ADMINISTRACION GENERAL SIN DISCRIMINAR
SECCION: 2 EROGACIONES DE CAPITAL
SECTOR: 6 BIENES PREEXISTENTES
Part. Ppal : 9 BIENES PREEXISTENTES
Part. Pcial: 1 Bienes Preexistentes $200.000,00
ARTÍCULO 4.– La Secretaria de Infraestructura dependiente del Ministerio de Infraestructura y Planificación, deberá previo a gestionar pago alguno por la compra del terreno autorizada por el Art. 1º, arbitrar los medios para que las mismas se encuentran libres de ocupantes y/o cosas y a que el oferente presente los Certificados de Libre Deuda, exigibles según la naturaleza de la compra venta
ARTICULO 5.- Autorizase a Escribanía de Gobierno a instrumentar la transferencia de dominio del inmueble cuya adquisición se dispone por el articulo 1º del presente dispositivo.-
ARTICULO 6.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Infraestructura y Planificación y de Hacienda.-
ARTICULO 7 .– Dése intervención a la Legislatura de la Provincia de conformidad a lo dispuesto por el Articulo 6, Ley Nº 5397.-
ARTICULO 8 .– Previa toma de razón de Fiscalia de Estado y de Tribunal de Cuentas, vuelva a Ministerio de Infraestructura y Planificación, Dése a Boletín Oficial para su publicación- en forma integral- y a Dirección de Prensa. Pase a Dpto. Contable MIP, Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y siga a Secretaria General de la Gobernación y a Escribanía de Gobierno.-
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6149-IP.-
EXPTE Nº 600-678/2008.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 JUL. 2010.-
VISTO:
Este expediente caratulado: “UEP PROG. FEDERAL EMERG. HABITACIONAL e/ INFORME REF. A TERRENOS DISPONIBLES PARA COMPRAS EN LA LOCALIDAD DE EL CARMEN, y
CONSIDERANDO:
Que en el presente expediente se promueve la adquisición de tierras que serán destinadas al Programa Federal de Emergencia Habitacional- I Etapa, otros Programas de Viviendas Sociales y la Relocalización de Asentamientos Irregulares; cuya situación de riegos por las condiciones que presentan los lugares deben ser resueltas con la mayor urgencia posible.
Que a fs. 22/23 obra Acta de la Comisión de Trabajo Ley Nº 5397 en la cual interviene el Ministro de Infraestructura y Planificación Dr. Fernando José FRIAS, Secretario de Infraestructura Arq. Gines Fernando ROSENBLUTH, los Diputados Provinciales Sr. Miguel MORALES, Sr. Carlos TOCONAS y Arq. José Antonio MELE, el Director de Inmuebles Dr. Guillermo Luis AGUIRRE y el CPN Lucio ABREGÚ en representación del Tribunal de Cuentas; y a través de la cual se informa que de las propuestas analizadas se selecciona y recomienda la adquisición- en esta etapa- del inmueble de propiedad de la Sra. María Julia CARBONE individualizado como , Circunscripción 1, Sección 4, Lote 840, Parcela 36, Padrón B-18745, el cual consta de una superficie de 19.537,74 m2 ubicada en la ciudad de El Carmen, Barrio 1º de mayo, Departamento El Carmen y por un monto de $ 250.000 por dicha fracción. Posteriormente, a fs.19 se acompaña mejora de oferta realizada por la propietaria por la suma de $ 200.000.-
Que se adjunta en autos copias de la Matricula de Dominio corresponde mediante la cual queda acreditada la titularidad registral del inmuebles (fs. 24) como de Plano de Mensura y División (fs 20) aprobado bajo el Nº 01394 por la Dirección Provincial de Inmuebles en fecha 27 de noviembre 2001.-
Que rola incorporada Acta Nº 203/08 del Tribunal de Tasaciones, estima al momento de este acto, el valor de $ 144.579 para los 19.537,74 m2 de tierra libre de mejoras.-
Que a fs. 27 la Dirección Provincial de Presupuesto emite informe de su competencia, haciendo lo propio Contaduría de la Provincia a fs. 29
Que a fs.32 la Dirección de Recursos Hídricos extiende el correspondiente Certificado de No Inundabilidad.
Que a fs. 34 /36 obra dictamen legal del Asesor Legal del Ministerio de Infraestructura y Planificación, adherido a fs. 38 por el Asesor Legal de Fiscalia d Estado y a fs.38 vlta. la Dra. Felicitas VELARDE a/c Coordinación del Departamento de Asuntos Legales de dicha área, comparte los términos del dictamen de fs. 34/36 y 38, respectivamente.-
Que se ha cumplido el proceso determinado por el Art.3 de la Ley Nº 5397 que habilita la adquisición de tierras por la metodología de Compra Directa.-
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Autorizase a la Secretaria de Infraestructura dependiente del Ministerio de Infraestructura y Planificación, a adquirir bajo la modalidad de compra directa la Superficie de 19.537,74 m2 correspondientes a la Parcela 36- Lote 840, Padrón B-18745- Circunscripción 1, Sección 4, ubicada en ciudad de El Carmen – Barrio 1º de mayo- Departamento el Carmen, de propiedad de la Señora Maria Julia CARBONE, por un monto total de: PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000,00), por las razones expresadas en el exordio.-
ARTICULO 2.- Determínase que el inmueble cuya adquisición se dispone por el artículo anterior será destinado a la Relocalización de asentamiento irregulares, en el marco del Programa Federal de Emergencia Habitacional previsto por Ley Nº 5397.-
ARTÍCULO 3.- La erogación emergente de lo dispuesto en el artículo 1º del presente Decreto se atenderá con imputación a la siguiente partida presupuestaria:
EJERCICIO 2009:
JURISDICCION: “K” OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO
FINALIDAD: 1 ADMINISTRACIÓN CENTRAL
FUNCION: 7 ADMINISTRACION GENERAL SIN DISCRIMINAR
SECCION: 2 EROGACIONES DE CAPITAL
SECTOR: 6 BIENES PREEXISTENTES
Part. Ppal : 9 BIENES PREEXISTENTES
Part. Pcial: 1 Bienes Preexistentes $200.000,00
ARTÍCULO 4.– La Secretaria de Infraestructura dependiente del Ministerio de Infraestructura y Planificación, deberá previo a gestionar pago alguno por la compra del terreno autorizada por el Art. 1º, arbitrar los medios para que las mismas se encuentran libres de ocupantes y/o cosas y a que el oferente presente los Certificados de Libre Deuda, exigibles según la naturaleza de la compra venta
ARTICULO 5.- Autorizase a Escribanía de Gobierno a instrumentar la transferencia de dominio del inmueble cuya adquisición se dispone por el articulo 1º del presente dispositivo.-
ARTICULO 6.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Infraestructura y Planificación y de Hacienda.-
ARTICULO 7 .– Dése intervención a la Legislatura de la Provincia de conformidad a lo dispuesto por el Articulo 6, Ley Nº 5397.-
ARTICULO 8 .– Previa toma de razón de Fiscalia de Estado y de Tribunal de Cuentas, vuelva a Ministerio de Infraestructura y Planificación, Dése a Boletín Oficial para su publicación- en forma integral- y a Dirección de Prensa. Pase a Dpto. Contable MIP, Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y siga a Secretaria General de la Gobernación y a Escribanía de Gobierno.-
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR