BOLETÍN OFICIAL Nº 143 – 21/12/16

Dr. Jorge Eduardo Meyer, Juez del Tribunal de Familia – Vocalía II de la ciudad de San Salvador de Jujuy en el Expte. N° C-042570/2015, caratulado: “Cesación de Cuota Alimentaria: Elías Benjamin Severich c/ Irma Laura Cardozo y Otro” procede a notificar a la Sra. Irma Laura Cardozo  las Resoluciones que a continuación se transcriben: “San Salvador de Jujuy, 24 de Agosto de 2016.- Proveyendo el escrito que antecede y atento las constancias de autos, notifíquese a la Sra. Irma Laura Cardozo DNI Nº 17.053.228, mediante edictos a publicarse por tres veces en cinco días en un diario local y el Boletín Oficial, a quien se lo emplaza para presentarse en esta Voc. II del Tribunal de Familia sito en calle Gral. Paz 625 de esta ciudad en el plazo de cinco días hábiles de la última publicación.- Téngase por desistida la demanda contra del Sr. Lucas Fabricio Severich.- Diligencias a Cargo de la Letrada.-  Notifíquese Art.155 C.P.C.- Fdo. Jorge Eduardo Meyer-Juez-ante mi Laura Caballero-Stria.- San Salvador de Jujuy, 13 de mayo de 2015.- Por presentada la Dra. Mónica Batallanos Jerez, en nombre y representación del Sr. Elías Benjamin Severich, por constituido domicilio legal y parte a mérito de la copia juramentada del Poder General para Juicios obrante a fs.07/08.- De la demanda de Cesación de Cuota Alimentaria interpuesta en autos (Art. 289, Inc.8 del CPC), traslado a los demandados Irma Laura Cardozo y Lucas Fabricio Severich, con las copias respectivas al domicilio real denunciado, a quienes se cita y emplaza para que la contesten en el término de diez días de su notificación, bajo apercibimiento de tenerlos por contestada si no lo hicieren. Intímese para que en igual término constituyan domicilio legal dentro del radio de los 3 Km. del asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de considerarse notificados por Ministerio de ley todas las resoluciones posteriores (Art.52 del C.P.C). Agréguese la documentación acompañada y téngase presente para su oportunidad. Ordénese al Banco Macro S.A. la retención de los depósitos que se efectuaren en el Expte. Nº B-195625/08 caratulado: “Sumarísimo por Alimentos: Cardozo, Irma Laura c/ Severich, Elías Benjamin” quedando los mismos a disposición de ésta Vocalía II, y como pertenecientes a los presentes obrados, hasta nueva disposición. Diligencias a cargo de la promotora de autos.- Notifíquese por cédula.- Dr. Jorge Eduardo Meyer Juez-ante mi Laura Caballero-Stria.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 05 de Setiembre de 2016.-

19/21/23 DIC. LIQ. Nº 124587 $90,00.-