BOLETÍN OFICIAL Nº 128 – 17/11/10

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LEGISLATURA DE JUJUY

2010 – AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE MAYO

LA LEGISLATURA DE  JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY N° 5666

ARTÍCULO 1º.- Apruébase en todas sus partes el Convenio Marco entre el Ministerio de Salud de la Nación y el Gobierno de la Provincia de Jujuy suscripto el 11/02/10 y su Addenda de fecha 31/05/2010, cosistente en efectivizar la construcción del futuro sector materno infantil del Hospital de Niños “Dr. Héctor Quintana” de esta  ciudad.-

ARTICULO 2º.-  Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 de Noviembre de 2010.-

 

Dr. Carlos Fernando Aprile

Secretario Parlamentario

 

C.P.N. Héctor Olindo Tentor

Vice – Presidente 1º

a/c de Presidencia

Legislatura de Jujuy

 

2010 – AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE MAYO

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

EXPTE. Nº 200-465/2010.-

CORRESP. A LEY Nº 5666.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 NOV. 2.010.-

Téngase por LEY de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, desé al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Salud, Ministerio de Hacienda y Secretaría General de la Gobernación para su conocimiento; y oportunamente, ARCHIVESE.-

 

Dr. WALTER B. BARRIONUEVO

GOBERNADOR