BOLETÍN OFICIAL Nº 128 – 17/11/10
LEGISLATURA DE JUJUY
2010 – AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE MAYO
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY N° 5666
ARTÍCULO 1º.- Apruébase en todas sus partes el Convenio Marco entre el Ministerio de Salud de la Nación y el Gobierno de la Provincia de Jujuy suscripto el 11/02/10 y su Addenda de fecha 31/05/2010, cosistente en efectivizar la construcción del futuro sector materno infantil del Hospital de Niños “Dr. Héctor Quintana” de esta ciudad.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 de Noviembre de 2010.-
Dr. Carlos Fernando Aprile
Secretario Parlamentario
C.P.N. Héctor Olindo Tentor
Vice – Presidente 1º
a/c de Presidencia
Legislatura de Jujuy
2010 – AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE MAYO
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
EXPTE. Nº 200-465/2010.-
CORRESP. A LEY Nº 5666.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 NOV. 2.010.-
Téngase por LEY de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, desé al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Salud, Ministerio de Hacienda y Secretaría General de la Gobernación para su conocimiento; y oportunamente, ARCHIVESE.-
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR