BOLETÍN OFICIAL Nº 7 – 17/01/18
EXPTE Nº 200-639/17.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 OCT. 2017.-
VISTO:
La decisión de donar un (1) colectivo a la Provincia de Jujuy, concretada por la empresa Autotransportes Andesmar S.A.; y,
CONSIDERANDO:
Que, se trata de una liberalidad de la empresa citada, acto jurídico unilateral, desinteresado, gratuito, lícito, que se plasma en la refrenda del formulario 08 “Contrato de Transferencia – Inscripción de Dominio” oficial para ser asentado en forma inmediata en el Registro Nacional de la Propiedad Automotor, con el desplazamiento de la tenencia, uso, y utilización a favor de la Provincia de Jujuy.-
Que, la oferta cierta, sin contraprestación, reporta beneficio directo e inmediato, por el incremento patrimonial del Estado Provincial.-
Que, se trata de un automotor de porte, destinado al transporte de personas, que permitirá asistir operaciones estaduales, ergo, cubre necesidades básicas del desenvolvimiento de la administración.-
Que, corresponde otorgar facultades a Escribanía de Gobierno para realizar hasta concluir, los actos notariales y trámites tendientes a perfeccionar la efectiva inscripción de dominio en el Registro Nacional de la Propiedad Automotor, a favor del Estado Provincial.-
Que, en forma perentoria, sin vacilación, además, se decide la afectación de la unidad vehicular al Ministerio de Educación, priorizando con ello, necesidades en general del citado organismo, y la disposición del colectivo para el traslado y desplazamiento de alumnos, docentes, y directivos de establecimientos públicos – y si fuera necesario privados que lo soliciten y justifiquen-, como actividades imprescindibles, por la extensión del territorio provincial, cubriendo demandas culturales; educativas; deportivas; recreativas o científicas; dentro o fuera de la provincia.-
Que, además, es flagrante, que la incorporación permitirá, restringir contrataciones de servicios de terceros;
Por ello y en uso de las facultades propias;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.-Acéptase la donación concretada por la empresa Autotransportes Andesmar S.A. a la Provincia de Jujuy, transfiriendo el vehículo dominio EUH 581, marca Volvo/Busscar, tipo transporte de pasajeros, modelo B 12R 6×2/ panorámico DD, marca motor Volvo, N° de motor D 12 563529 DIE, marca de chasis Volvo, número de chasis 9BVR2J7125E351681.-
ARTICULO 2°.-Facúltase a Escribanía de Gobierno para realizar hasta concluir actos notariales, gestiones y/o trámites ante el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, para la efectiva transferencia e inscripción de dominio a favor del Estado Provincial.-
ARTICULO 3°.-Comuníquese a la empresa Autotransportes Andesmar S.A., con copia autenticada del presente.-
ARTICULO 4°.-Afectase el colectivo individualizado en el artículo primero al Ministerio de Educación.-
ARTICULO 5°.-Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, pase al Boletín Oficial para su publicación. Remítase a conocimiento del Ministerio de Educación. Cumplido vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia a sus efectos.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR