BOLETÍN OFICIAL Nº 134 – 03/12/10

Icon_PDF_6

DECRETO Nº 3001-G.-

EXPTE. Nº 0200-157/2004 y Agdo. 0300-310/2001.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 ABRIL. 2009.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO GENERAL DE  MINISTROS

DECRETA:

ARTICULO Nº 1: Acéptase la observación legal al Decreto-Acuerdo Nº 13.738-G-de fecha 29 de Marzo de 1990, formulada por el Tribunal de Cuentas de la Provincia a través de Resolución Nº 1088-R/G-1990, a tenor de lo expresado en el exordio.-

ARTICULO Nº 2: Concordantemente con lo determinado por el Artículo precedente, revócase el Decreto-Acuerdo Nº 13.738-G-de Fecha 29 de Marzo de 1990, a través del cual se dispuso la readecuación escalafonaria del señor  PRUDENCIO VIDAL PALAVECINO por aplicación de la Ley Nº 4308 y Decreto-Acuerdo Nº 12.483-G-1987, a tenor de lo expresado  en el exordio.-

 

Dr. WALTER B. BARRIONUEVO

GOBERNADOR