BOLETÍN OFICIAL Nº 139 – 17/12/10
DECRETO Nº 6979-G.-
EXPTE. Nº 0200-160/2009.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 NOV. 2010.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Hacer lugar parcialmente al Reclamo Administrativo Previo (Ley Nº 5238) interpuesto por el señor NOELIO MIGUEL CIANCIA, DNI Nº 6.650.172, a través del cual solicita el re-cálculo de capital asegurado y abonado en concepto de Seguro de Vida colectivo Opcional Cónyuge, por el fallecimiento de la abonada Sra. ALICIA MANZUR DE CIANCIA, en un todo de conformidad con lo expresado en el exordio.-
ARTÍCULO 2º.- Concordante con lo determinado por el Artículo 1º, instruyese al INSTITUTO DE SEGUROS DE JUJUY elaborar nueva liquidación de “Seguro de Vida Colectivo Opcional Cónyuge” reclamado por el señor NOELIO MIGUEL CIANCIA, DNI Nº 6.650.172, conforme lo expresado en el exordio.-
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR