BOLETÍN OFICIAL Nº 6 – 15/01/18

DECRETO Nº 5630-G/2017.-

EXPTE Nº 400-3579-17.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 DIC. 2017.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Designese como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 6.016 a la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN.-

ARTÍCULO 2°.- Encomiéndese a la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN el diseño, la coordinación y ejecución de los programas, instrumentos y acciones establecidos en el Plan de Modernización de la Administración Pública dispuesto por Ley N° 6.016, fomentando la adhesión al mismo por parte de los municipios y comisiones municipales de la provincia.-

ARTÍCULO 3°.- Dispóngase que los sujetos alcanzados por el Plan de Modernización de la Administración Pública (artículo 2° Ley N° 6.016) deberán presentar a la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN, en el plazo y condiciones que ésta establezca, las propuestas, iniciativas y/o proyectos de modernización de sus respectivos ámbitos de actuación, en base a los principios rectores y a los ejes e instrumentos dispuestos por la Ley N° 6.016.-

ARTÍCULO 4°.- Facúltese a la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN a requerir a los sujetos alcanzados por el Plan de Modernización de la Administración Pública (artículo 2° Ley N° 6.016) el suministro de toda aquella información que se requiera en cada caso, en las condiciones y con la periodicidad que se fije en los respectivos programas instrumentos y acciones que aquella implemente, a los fines de efectuar el seguimiento y monitoreo de la ejecución del referido plan.-

ARTÍCULO 5°.- El Poder Ejecutivo provincial supervisará la implementación del Plan, pudiendo, eh cualquier ocasión, requerir la información que estime necesaria.

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR