BOLETÍN OFICIAL Nº 142 – 27/12/10

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DECRETO Nº 4027-DS.-

EXPTE. Nº 0745-537/06.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 JUN. 2009.-

VISTO:

Las presentes actuaciones por las que tramita la aprobación del Convenio de Ejecución  Ampliatorio Plan Nacional de Seguridad Alimentaría “El Hambre Mas Urgente” Proyecto “Familias y Nutrición” celebrado en fecha 20 de Abril de 2006, entre el ex MINISTERIO DE BIENESTAR SOCIAL DE LA PROVINCIA DE JUJUY, representado por el DR. CARLOS ALBERTO CISNEROS, la FUNDACION “JUJUY ANDINA” representada por su entonces Presidente, DR.  FRANCISCO JAVIER HINOJO  y el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACION, representado por el Sr. Secretario de Políticas Sociales  y Desarrollo Humano, LIC. DANIEL FERNANDO ARROYO; y

CONSIDERANDO

Que, el mencionado Convenio Ampliatorio se suscribió en  el marco del Convenio de Ejecución celebrado entre la Nación y Provincia para la implementación del proyecto “Familia y Nutrición”;

Que, el presente instrumento tiene por objeto autorizar a la Provincia a “efectuar la Transferencia de fondos que le fueron transferidos por Resolución   SPS y DH MDS Nº 3418/05 a favor de la Fundación “Jujuy Andina” con el fin de que esta sea la encargada de administrar  los mismos para la gestión y desarrollo del Proyecto;

Que, en las cláusulas  que conforman el mismo, se establecen las acciones a desarrollar en el ámbito de sus competencias a las que se someten las partes intervinientes;

Que, a fs. 15/16 Accesoria Legal del Ministerio de Desarrollo Social emite dictamen de competencia, el cual es compartido a fs. 17 por la Coordinación del Departamento de Asuntos Legales de Fiscalia de Estado de cuyos términos se desprende que se encuentren delineados los elementos necesarios para la emisión del presente Decreto;

Por ello, en usos de las facultades que le son propias y a los efectos de su regularización administrativa;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.-Apruébase en todas sus partes el Convenio de Ejecución Ampliatorio Plan Nacional de Seguridad Alimentaría “El Hambre Mas Urgente” Proyecto “Familias y Nutrición celebrado en fecha 20 de abril de 2006, entre el ex MINISTERIO DE BIENESTAR SOCIAL DE LA PROVINCIA DE JUJUY, representado por el DR: CARLOS ALBERTO CISNEROS, la FUNDACION “JUJUY ANDINA”, representada por su entonces Presidente, DR. FRANCISCO JAVIER HINOJO y el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACION, representado por el Sr. Secretario de Políticas Sociales y Desarrollo Humano, Lic. DANIEL FERNANDO ARROYO, obrante a fs. 2/11, de conformidad a lo manifestado en el exordio.-

ARTICULO 2º.-Disponése que por Escribanía de Gobierno, se proceda a Protocolizar el Convenio que se aprueba por el Artículo precedente.-

ARTICULO 3º.-Dése intervención a la Legislatura de la Provincia de Jujuy de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 123 inciso 34 de la Constitución de la Provincia.-

ARTICULO 4º.-  Previa toma  de razón por Fiscalia de Estado, pase a Escribanía de Gobierno para su Protocolización, a Tribunal de Cuentas para su conocimiento, comuníquese, publíquese en forma integral, desé al registro y Boletín Oficial, pase a la Secretaria General de la Gobernación para su posterior remisión a la Legislatura de la Provincia  y Ministerio de Desarrollo Social a sus efectos. Cumplido, archívese.-

 

Dr. WALTER B. BARRIONUEVO

GOBERNADOR