BOLETÍN OFICIAL Nº 143 – 29/12/10

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DECRETO Nº 4331-S.-

EXPTE. Nº 700-135/09.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 AGO. 2009.-

VISTO:

Las presentes actuaciones por las que tramita la aprobación del Convenio de Cooperación, suscripto en fecha 25 de noviembre de 2008, entre el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION, representado por su entonces titular Licenciada Graciela Ocaña y la Provincia de Jujuy, representada por el Sr. Ministro de Salud, Dr. Víctor Alberto Urbani; y

CONSIDERANDO

Que, el objetivo del citado Convenio radica en cooperar al desarrollo de un Sitio Web que contenga y publique la Legislación Sanitaria Vigente de la Provincia de Jujuy, resultando el acceso a dicho Sitio, libre, universal y gratuito;

Que, en las cláusulas que conforman el mismo, se establecen de manera especifica los compromisos por las partes intervinientes;

Que, Asesoría Legal de Fiscalia de Estado a fs. 08/09, emite dictamen de competencia, compartido por la Coordinación del Departamento de Asuntos Legales, de cuyos términos se desprende que se encuentran delineados los elementos necesarios para la emisión del presente Decreto;

Por ello, de conformidad a lo sugerido a fs. 10 y a los efectos de su regularización administrativa;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.-Apruébase en todas sus partes el Convenio de Cooperación, suscripto en fecha 25 de noviembre de 2008, entre el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION, representado por su entonces titular Licenciada Graciela Ocaña y la Provincia de Jujuy, representada por el Sr. Ministro de Salud, Dr. Víctor Alberto Urbani, agregado a fs. 02/04 de las presentes actuaciones, de conformidad a lo manifestado en el exordio.-

ARTICULO 2º.-  Disponése que por  Escribanía de Gobierno, se proceda a Protocolizar el Convenio que se aprueba por el Artículo precedente.-

ARTICULO 3º.-Dése intervención a la Legislatura de la Provincia de Jujuy, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 123 de la Constitución de la Provincial.-

ARTICULO 4º.-Previa toma de razón por Fiscalia de Estado, pase a Escribanía de Gobierno para su Protocolización, a Tribunal de Cuentas para su conocimiento, comuníquese, publíquese en forma integral, desé al registro y Boletín Oficial, pase a la Secretaria General de la Gobernación para su posterior remisión a la Legislatura de la Provincia  y Ministerio de Salud a sus efectos. Cumplido, archívese.-

 

Dr. WALTER B. BARRIONUEVO

GOBERNADOR