BOLETÍN OFICIAL Nº 07 – 17/01/11

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MUNICIPALIDAD DE LIBERTADOR GENERAL SAN MARTIN

DECRETO Nº 028295/11.-

Ldor. Gral. San Martín, 05 ENE. 2011.-

VISTO:

El Decreto Nacional Nº 660/10 crea el Programa Provincial de Desendeudamiento de las Municipalidades y Comisiones Municipales de la Provincia de Jujuy, y

CONSIDERANDO:

Que, el objetivo es reducir la deuda de la Provincias con el Estado Nacional por aplicación de los fondos disponibles del fondo de aportes del Tesoro Nacional creado por el inciso d del Artículo 3 de la Ley Nacional Nº 23.548 y reprogramar la deuda provincial resultante.

Que, la Provincia suscribió con el Estado Nacional el Convenio Bilateral en el marco PROGRAMA FEDERAL DE DESENDEUDAMIENTO DE LAS PROVINCIAS ARGENTINAS con fecha 13 de agosto del corriente año, que fue aprobado por la Legislatura de la Provincia mediante Ley Nº 5658 de fecha 09/09/10.

Que, las Municipalidades y Comisiones Municipales tienen importantes compromisos que afrontar con la Provincia, producto de los vencimientos del Programa de Fortalecimiento y Saneamiento Municipal/PROFOSAM

Por ello el Intendente Municipal en uso de las facultades que les son propias y conferidas por Ley:

DECRETA

ARTICULO 1º)- Adhiérase la Municipalidad de Libertador General San Martín a la Ley Nº 5658 “PROGRAMA PROVINCIAL DE DESENDEUDAMIENTO DE LAS MUNICIPALIDADES Y COMISIONES MUNICIPALES DE LA PROVINCIA DE JUJUY”, sancionada por la Legislatura de la Provincia y Reglamentada por el Poder Ejecutivo Provincial, con el propósito de reducir la carga de la deuda de los Municipios con el Estado Provincial, a partir de mejorar las condiciones financieras del stock de deuda al 30 de septiembre de 2010.-

ARTICULO 2º)- Comuníquese lo dispuesto a todas las áreas, intervinientes del Departamento Ejecutivo para su conocimiento y demás fines. Cumplido, archívese.

 

Dr. Ramón Jorge Ale

Intendente

12/14/17 ENE. /11 LIQ. Nº 92803 $ 26,00.-