BOLETÍN OFICIAL Nº 141 – 16/12/16

DECRETO Nº 2010-G/2016.-

EXPTE. Nº 200-223/2016.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 SET. 2016.-

VISTO:

El Convenio de Cooperación celebrado en fecha 28 de Abril de 2016 entre el Gobierno de la Provincia de Jujuy y el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales, dependiente de la Presidencia de la Nación (copia de fs. 01/05), y

CONSIDERANDO:

Que el aludido Convenio de Cooperación tiene su origen en la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU), celebrada el 25 de Septiembre de 2015, en la cual sus Estados Miembros aprobaron la “Agenda 2030” que reconoce como desafió mundial la erradicación de la pobreza para lograr un desarrollo sostenible, proponiendo un plan de acción a favor de las personas y el planeta, mediante el fortalecimiento de la paz universal y el acceso a la justicia;

Que a los efectos citados, la Agenda 2030 plantea 17 objetivos y 169 metas de carácter integrado e indivisible, que abarcan las esferas económica, social y ambiental;

Que cada Estado involucrado en este compromiso mundial debe desarrollar la adecuación de las metas internacionales a su propia situación social y política, previéndose que las mismas deben alcanzarse en el año 2030 con metas intermedias al 2020;

Que el Gobierno Nacional, a través del Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales, tiene la responsabilidad primaria de impulsar la iniciativa de los Objetivos de Desarrollo Sustentable;

Que nuestra República Argentina tiene una organización política federal, por lo cual muchos de los servicios sociales se encuentran bajo la responsabilidad de los Estados Provinciales;

Que, como consecuencia de ello, el Gobierno de la Provincia de Jujuy ha manifestado su interés en adherir a la iniciativa plasmada en la Agenda 2030, y a realizar los esfuerzos necesarios para el logro de los Objetivos y Metas asumidos por la República Argentina;

Que, a los fines citados, el Convenio de Cooperación citado supra contempla un trabajo coordinado y amplio, y para su cumplimiento se prevé la celebración de Actas Complementarias que resulten necesarias;

La intervención de competencia de la Fiscalía de Estado (fs. 08/09);

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.-Apruébase el Convenio de Cooperación celebrado en fecha 28 de Abril de 2016 entre el Gobierno de la Provincia de Jujuy, repre­sentado por su titular CPN Gerardo Rubén Morales; y el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLÍTICAS SOCIALES de la Presidencia de la Nación, representada por la Sra. Gabriela V. Agosto, a tenor de lo expresado en el exordio, y cuyo texto en copia certificada corre agregado a fs. 01/05 de autos.-

ARTÍCULO 2º.-Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado y Contaduría de la Provincia, comuníquese, publíquese íntegramente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría General de la Gobernación para conocimiento y trámite de competencia. Cumplido, gírese al Ministerio de Gobierno y Justicia a sus demás efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR