BOLETÍN OFICIAL Nº 12 – 28/01/11

Icon_PDF_6DECRETO Nº 4108-P.-

EXPTE. Nº 200-129/2009.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 JUN. 2009.-

VISTO

El anuncio efectuado por la Sra. Presidenta de la Nación en relación a la implementación de medidas para favorecer al campo, y en particular las referidas a la creación de  feedlots con capacidad para engordar ganado vacuno;

Que en fecha 16 de Enero de 2009 se comunico al gobierno Nacional el interés especial de la Provincia de Jujuy para acceder y ejecutar acciones vinculadas a la recría y engorde a corral de ganado vacuno  (feedlots), a partir del ensilado de caña de azúcar trapichado parcialmente,

Que en la Provincia de Jujuy se consumen aproximadamente 35.000 toneladas de carne al año y actualmente el 90% del consumo es abastecido por carne proveniente de otras provincias;

Que en consecuencia, resulta acertado y conveniente la implementación y ejecución en la Provincia, de un   proyecto de dinamización de la cadena de valor de la carne;

Que de los datos suministrados por el INDEC como consecuencia del Censo Agropecuario 2002, surge que la Provincia de Jujuy registra un total de 2524 productores, de los cuales el 99% de ellos posee un rodeo de menos de 250 cabezas que  en conjunto acumulan el 80% del total provincial;

Que actualmente la actividad ganadera se realiza bajo sistemas tradicionales de manejo, sin inversión en tecnología y genética, con  escasa información y escasos conocimientos de mercados y comercialización;  con bajos indices de productividad, escasa organización de la producción e insuficientes infraestructura industrial y comercial;

Que las cadenas relacionadas con la producción de proteínas animales y de biocombustibles, requieren un desarrollo especifico de la infraestructura y de la tecnología;

Que el Estado cuenta con unidades productivas adecuadas para el desarrollo de proyectos estratégicos;

Que para la implementación del proyecto aludido se requiere la participación y articulación del sector público con los sectores de la actividad privada, como  la Unión Cañeros Independiente de Jujuy y Salta y la Sociedad Rural Jujeña;

Que asimismo, resulta necesaria la creación de una Unidad Mixta de Promoción y Gestión integrada por representantes del sector público y privado, que tendrá por misión  el diseño y la organización de programas y /o proyectos y como objetivo el desarrollo y dinamización de la cadena de valor de ganados y carnes.-

Por ello;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO Nº 1: Créase la Unidad Mixta Promotora y Ejecutora  Provincial como organismo competente para el diseño, organización, implementación y ejecución, en la Provincia  de Jujuy, del proyecto de desarrollo de la cadena de valor de ganados y carnes.-

ARTICULO Nº  2: La Unidad Mixta Promotoras y ejecutora Provincial creada por el artículo precedente estará integrada por el Ing. Raúl Andres Villafañe, en carácter de Coordinador; un representante del Ministerio de Producción; un representante de la Secretaria de Gestión  Ambiental; un representante de la Unión Cañeros Independiente de Jujuy y Salta, y un represéntate  de la sociedad Rural Jujeña.-

ARTICULO Nº 3: Invitase a la Unión Cañeros independiente de Jujuy y Salta y a la Sociedad Rural Jujeña  a designar a la persona  que los representará ante la Unidad mixta Promotora y ejecutora Provincial.-

ARTICULO Nº 4: Previa toma de razón de Fiscalía de Estado, y Tribunal de Cuentas, Comuníquese, publiquese íntegramente en el Boletín Oficial, pase a los Ministerios de Gobierno y Justicia y de Producción a sus efectos cumplido, archívese.-

 

Dr. WALTER B. BARRIONUEVO

GOBERNADOR