BOLETÍN OFICIAL Nº 141 – 16/12/16
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 5988/2016.-
ADHESIÓN A LA LEY NACIONAL N° 25.855 DE PROMOCIÓN DEL VOLUNTARIADO SOCIAL
ARTÍCULO 1.-Adhiérese la Provincia de Jujuy a las disposiciones establecidas en la Ley Nacional N° 25.855 y su Decreto Reglamentario N° 750/2010.-
ARTÍCULO 2.-Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.‑
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 de Noviembre de 2016.‑
Cont. Pub. José M. Montiel
Secretario Parlamentario
a/c Secretaría Parlamentaria
Legislatura de Jujuy
C.P.N. Carlos G. Haquim
Presidente
Legislatura de Jujuy
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
EXPTE Nº 200-1000/2016.-
CORRESP. A LEY 5988/2016.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 DIC.2016.-
Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dese al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Gobierno y Justicia, Ministerio de Hacienda y Finanzas, Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, Ministerio de Salud, Ministerio de Desarrollo Humano, Ministerio de Educación, Ministerio de Trabajo y Empleo, Ministerio de Cultura y Turismo, Ministerio de Ambiente, Ministerio de Seguridad y Secretaría General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHÍVESE.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR