BOLETÍN OFICIAL Nº 29 – 11/03/11
EXPTE. N° 500-94/10.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 MAR.2010.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Otórgase, a favor de los agentes de planta permanente, contratados y reemplazantes dependientes de la Administración Pública Provincial centralizada, descentralizada, organismo autárquicos, comprendidos en el Escalafón Profesional- Régimen de las Leyes Nº 4413, Nº 4135 y modificatorias, sin distinción de categoría, bajo los requisitos y con las únicas excepciones que establece el presente Decreto Acuerdo, un Suplemento No Remunerativo No Bonificable con carácter de ayuda extraordinaria de $ 200 (PESOS DOSCIENTOS) por persona, el que se abonará en dos pagos de $ 100 (PESOS CIEN) cada uno y que se harán efectivos con las liquidaciones de marzo y abril del corriente año 2010.-
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR








