BOLETÍN OFICIAL Nº 32 – 18/03/11

Icon_PDF_6DECRETO Nº 7544-G.-

EXPT. Nº 0300-223/09.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 FEB. 2011.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1º.- Otórgase Personería Jurídica a favor de la Fundación esperanza nuestra, con asiento en la Ciudad de San Pedro de Jujuy (Departamento San Pedro), y consecuentemente apruébase su Estatuto Social que consta de Veinte (20) Artículos, y corre agregado de Fs. 81 a 86 de autos.-

 

Dr. WALTER B. BARRIONUEVO

GOBERNADOR