BOLETÍN OFICIAL Nº 32 – 18/03/11
EXPTE. N° 500-276/2010-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 JUN. 2010-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Fijase a partir del primero de mayo de 2010 el valor determinado en el articulo tercero del Decreto Acuerdo Nº 5765-H-2006 en la suma de pesos un mil setecientos ($1.700).-
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR