BOLETÍN OFICIAL Nº 39 – 06/04/11

Icon_PDF_6DECRETO Nº 7095-S.-

EXPTE. N° 700-308/10.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 DIC. 2010.-

VISTO:

El Acuerdo de Cooperación, suscripto entre el UNICEF, Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia y el Ministerio de Salud de la Provincia de Jujuy, representados por sus respectivos titulares Sr. Andrés Franco y Dr. Víctor Alberto Urbani, en fecha 16 de marzo de 2010, en el marco del Proyecto de Fortalecimiento de Maternidades de Jujuy “Hacia una Maternidad Centrada en la Familia y Segura”, y

CONSIDERANDO:

Que, el objetivo del convenio de referencia radica en disminuir la Mortalidad Infantil, Materna y Neonatal;

Que, en las cláusulas que conforman el mismo, se establecen de manera especifica los compromisos asumidos por las partes intervinientes;

Que, Asesoría Legal de Fiscalía de Estado a Fs. 22, emite dictamen  de competencia, compartido por la Coordinación del Departamento de Asuntos Legales a fs. 22 vta., de cuyos términos se desprende que se encuentran delineados los elementos necesarios para la emisión del presente Decreto;

Por ello y a los efectos de su regularización administrativa;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.-  Ratificar el Acuerdo de Cooperación, suscripto entre el UNICEF, Fondo de las Naciones Unidad para la Infancia y el Ministerio de Salud de la Provincia de Jujuy, representados por sus respectivos titulares Sr. Andrés Franco y Dr. Víctor Alberto Urbani, en fecha 16 de marzo de 2010, en el marco del Proyecto de Fortalecimiento de Maternidades de Jujuy “Hacia una Maternidad Centrada en la Familia y Segura” agregado a fs. 01/19 de las  presentes actuaciones, de conformidad a lo expresado en el exordio.-

ARTÍCULO 2°.- Por Escribanía de Gobierno procédase a protocolizar el Convenio Marco que se aprueba por el Artículo 1º.-

ARTÍCULO 3°.- Previa toma de razón por Fiscalia Estado, pase a Escribanía de Gobierno para su Protocolización, al Tribunal de Cuentas para su conocimiento, comuníquese, publíquese en forma integral, dése al Registro y Boletín Oficial y pase al Ministerio de Salud a sus efectos. Cumplido; archívese.-

 

Dr. WALTER B. BARRIONUEVO

GOBERNADOR