BOLETÍN OFICIAL Nº 1 – 03/01/18

Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7,  Secretaría  N° 14, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. Nº C-085717/17 caratulado Ejecutivo:  “Farfán Javier Eduardo c/Aramayo Eduardo Moisés”, se hace saber al demandado Sr. Aramayo Eduardo Moisés, la siguiente Sentencia: Salvador de Jujuy, 24 de noviembre de 2017.- Autos y Vistos…Considerando…Resuelve: I.- Tener Por Presentado al Dr. Sergio Marcelo Cau Loureyro, Defensor Oficial del Ministerio Público de la Defensa Civil, en nombre y representación del ausente Sr. Eduardo Moisés Aramayo, por constituido domicilio legal y parte, a mérito de lo dispuesto a fojas 43.- II.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por Farfán, Javier Eduardo en contra de Eduardo Moisés Aramayo, D.N.I. Nº 27.883.306, hasta hacerse el acreedor íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de pesos: diez mil ($10.000.-), con más el interés a la Tasa Activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta día del Banco de la Nación Argentina desde la mora 24/02/17 hasta el efectivo pago.- III.- Regular los honorarios profesionales del Dr. Javier Eduardo Farfán, en la suma de pesos: 3.500.-, los que solo en caso mora devengarán intereses conforme Tasa Activa, conforme lo considerado, con mas IVA si correspondiere.- IV.- Imponer las costas a la vencida (art. 102 del C.P.C.).- V.- Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.- VI.- Firme la presente, por Secretaría incorpórese al expediente de documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramitó la presente causa.- VII.- Registrar, agregar copia en autos, notificar a las partes por cédula, al demandado por Edictos y a CAPSAP, etc.- Fdo.: Dra. Lis Valdecantos Bernal-Juez. Ante Mí: Dra. Sandra Mónica Torres-Secretaria por Habilitación.- San Salvador de Jujuy, 24 de noviembre de 2017.-

 

29 DIC. 03/05 ENE./18 LIQ. 12934 $360,00.-