BOLETÍN OFICIAL Nº 1 – 03/01/18
EXPTE Nº 718-126/14.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 JUL. 2017.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.-Convertir en remunerativos y bonificables los adicionales no remunerativos bonificables percibidos por la Sra. Ester Lidia Flores, CUIL 27-11256237-6, cargo categoría 24 (c-4), escalafón general, en la U. de la O.:R 2-02-06 Hospital “Nuestra Señora del Carmen”, cuya conversión debe hacerse efectiva en una (1) sola cuota, con retroactividad al 1° de noviembre de 2013, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑
ARTICULO 2°.-La erogación que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, se atenderá con la partida presupuestaria que a continuación se indica:
EJERCICIO 2017
El Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicios 2017, Ley N° 6001, prevé en la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización 2-02-06 Hospital Nuestra Señora del Carmen, la partida Gastos en Personal, con la que de proceder legalmente y ser criterio de la superioridad, correspondería hacer frente el gasto que surge de la aplicación del Decreto-Acuerdo N° 4816-H/14.-
EJERCICIOS ANTERIORES (Período no Consolidado):
Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26”: “Para Pago Obligaciones No Comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la U. de O. respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus efectos.-
ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR