BOLETÍN OFICIAL Nº 48 – 29/04/11

Icon_PDF_6LEGISLATURA DE JUJUY

LA LEGISLATURA DE  JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY N° 5676.-

ARTÍCULO 1º.Aprobar en todas sus partes el Decreto-Acuerdo Nro. 7465-P-11 de fecha 14 de Enero de 2011, de Aprobación  del Plan de Ordenamiento Territorial Adaptativo para las Áreas Boscosas de la Provincia de Jujuy.-

ARTICULO 2º.  Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 de Abril de 2011.-

 

Dr. Carlos Fernando Aprile

Secretario Parlamentario

 

Pedro A. Segura López

Presidente

Legislatura de Jujuy

 

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

EXPTE. Nº 200-154/2011.-

CORRESP. A LEY Nº 5676.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 ABR. 2.011.-

Téngase por LEY de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, desé al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Producción y Secretaria General de la Gobernación para su conocimiento; y oportunamente, ARCHÍVESE.-

 

Dr. WALTER B. BARRIONUEVO

GOBERNADOR