BOLETÍN OFICIAL Nº 48 – 29/04/11

Icon_PDF_6DECRETO-ACUERDO Nº 7630 -P.- 

SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 MAR. 2011.

VISTO Y CONSIDERANDO:

El Decreto-Acuerdo Nº 7592-P- de fecha 2 de Marzo de 2011, por medio del cual se declara las reservas minerales que contengan litio como recurso natural estratégico generador del desarrollo socio económico de la Provincia de Jujuy.-

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.-  El plazo estipulado en el Artículo 5º del Decreto-Acuerdo Nº 7592 -P- de fecha 2 de Marzo de 2011, será de (30) días hábiles.-

ARTICULO 2º.- Modificase el Artículo 2º Inc. b) del decreto Nº 7592 -P- de fecha 2 de Marzo de 2011, el que quedara redactado de la siguiente manera:

                                                                       “ARTÍCULO 2º inc. b): Un (1) experto propuesto por el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET);”.-

ARTICULO 3º.- Dése cuenta a la Legislatura de la Provincia con remisión de copia autentica del presente ordenamiento.-

ARTICULO 4º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y pase sucesivamente a conocimiento del Tribunal de Cuentas y Contaduría de la Provincia.  Cumplido, remítase a  Secretaría de Gestión Ambiental, Dirección Provincial de Minería y Recursos Energéticos; Secretaría General de la Gobernación  y Ministerios de Gobierno y Justicia; Hacienda; Infraestructura y Planificación; Salud;   Desarrollo Social y Educación  a sus demás efectos.-  Fecho, vuelva al Ministerio de Producción.-

 

Dr. Walter Barrionuevo

GOBERNADOR