BOLETÍN OFICIAL Nº 146 – 27/12/17

DECRETO Nº 5577-MS/2017.-

EXPTE Nº 1412-105/16.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 DIC. 2017.-

VISTO:

El pedido mediante el cual la Dirección General de Administración del Ministerio de Seguridad, solicita la adquisición de veintiún (21) camionetas, destinadas a las fuerzas de seguridad de la Provincia de Jujuy; y

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio de Seguridad presta su conformidad a la adquisición de los bienes de capital, informando el monto destinado para la compra y procedencia del mismo, según Convenio Interjurisdiccional de colaboración entre el Ministerio de Seguridad de la Nación y la Provincia de Jujuy, aprobado por Decreto N° 3712-MS/17;

Que, se adjunta Pliego de Bases y Condiciones Generales sus Anexos A, B. C. D y E, y Pliego de Bases y Condiciones Particulares y su Anexo A;

Que, la Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia, han emitido informe de su competencia;

Que, Asesoría Legal de Fiscalía de Estado ha emitido dictamen favorable, el cual es compartido por el Coordinador;

Que, cumplidas las instancias administrativas impuestas por el ordenamiento jurídico, y de conformidad a las disposiciones legales que rigen la materia, es procedente otorgar autorización al Ministerio de Seguridad, para efectuar el llamado a Licitación Pública destinado a la adquisición de bienes de capital consistente en veintiún (21) camionetas para las fuerzas de seguridad de la Provincia de Jujuy, con afectación de la partida presupuestaria necesaria para cubrir el gasto, indicada por la Dirección Provincial de Presupuesto, facultándose al Ministerio de Seguridad a aprobar, continuar, adjudicar y culminar el procedimiento licitatorio, cumpliendo para ello con las normas legales vigentes en materia de adjudicaciones, ejecución, y rendición de cuentas, todo de conformidad a los inc. 19° inc. a) y 22° del Decreto Acuerdo N° 3716-H-78 “Reglamento de Contrataciones del Estado”, coincidentes con el Art. 1° inc. a) del Decreto Acuerdo N° 878-HF-2016, Arts. 55° y 56° del Decreto Ley 159-H/G-57 “Ley de Contabilidad de la Provincia” y Ley N°4958 Administración Financiera y Sistema de Control para la Provincia de Jujuy;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.-Autorizase al Ministerio de Seguridad a efectuar el llamado a la Licitación Pública N° 2/2017 para la adquisición de bienes de capital consistente en veintiún (21) camionetas, hasta cubrir la suma de pesos Diecinueve Millones Doscientos Noventa y Ocho Mil Novecientos Noventa y Cuatro con 00/100 ($19.298.994,00), quedando expresamente facultado el mencionado organismo a continuar, aprobar, adjudicar y culminar el procedimiento licitatorio, debiendo cumplir exhaustivamente con las disposiciones del Decreto Acuerdo N° 3716-H-78 “Reglamento de Contrataciones del Estado”, Decreto Acuerdo N° 878-HF-2016, Decreto Ley 159-H/G-57 “Ley de Contabilidad de la Provincia”, Ley N° 4958 de Administración Financiera y Sistema de Control para la Provincia de Jujuy, y rendición de cuentas.-

ARTICULO 2°.-Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones Generales, con sus Anexos A, B, C, D y E: Pliego de Bases y Condiciones Particulares con su Anexo A.-

ARTÍCULO 3°.-La erogación emergente de lo dispuesto en el artículo 1°, se atenderá con la afectación a la siguiente partida presupuestaria (Ejercicio 2017):

 

JURISDICCION                                       “Y” MINISTERIO DE SEGURIDAD

U.de O.                                                         1A Dirección General de Administración

Finalidad:                            1    ADMINISTRACION GRAL.

Funcion                                                        7    ADM. GRAL. SIN DISCRIMINAR

SECCION:                           2    EROGACIONES DE CAPITAL

SECTOR:                             5    INVERSION REAL

Part. Ppal.:                           7    BIENES DE CAPITAL

Part. Pcial.:                           8    BIENES DE CAPITAL c/ REC. AFECTADOS

Part. Sub. Pcial.:                80  Bienes de Capital- Ministerio de Seguridad – Emerg.

 

ARTÍCULO 4°.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase  Sucesivamente a Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva a Ministerio de Seguridad a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR