BOLETÍN OFICIAL Nº 145 – 22/12/17
EXPTE Nº 500-294/2014.-
Y AGREGADOS.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 NOV. 2017.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.-Déjase sin efecto el Decreto N° 2822-HF-2016, por las razones expuestas en el exordio.-
ARTICULO 2°.-Autorízase a Contaduría de la Provincia a imputar las erogaciones derivadas del Expediente N° 500-294/2014, caratulado “Ministerio de Hacienda s/Deuda del Gobierno de la Provincia con YPF S.A.”, a la partida prevista en la Deuda Pública P/Pago de obligaciones comprometidas presupuestariamente en ejercicios anteriores, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos correspondiente al Ejercicio 2017, debiendo cumplirse la autorización, aprobación y ejecución del gasto con las disposiciones vigentes.-
ARTICULO 3°.-Una vez efectuada la cancelación de la deuda a la empresa Y.P.F. S.A., por Escribanía de Gobierno procédase a la escrituración a favor del Estado Provincial, de los inmuebles identificados como Lote 500, Padrón D-1-04.192-00 de San Pedro de Jujuy, con afectación al Poder Judicial de la Provincia y como Lote N° 631, Padrón 0-1-17.279-000 de la localidad de Lavayén.-
ARTICULO 4°.-Notifíquese a Y.P.F. S.A., a fin de que designe, en el término de DIEZ (10) días de notificado, la persona con las atribuciones suficientes para suscripción de la Escritura traslativa de dominio y que acompañe la documentación de rigor que exige la normativa.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR