BOLETÍN OFICIAL Nº 145 ANEXO – 22/12/17

LEGISLATURA DE JUJUY

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY N° 6047.-

ARTICULO 1°.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a celebrar operaciones de crédito público con organismos del Sector Público Nacional o Entidades Financieras hasta la suma de PESOS CIENTO QUINCE MILLONES ($ 115.000.000) destinado a la realización de las obras de infraestructura y/o pavimentación en la Provincia de Jujuy.-

ARTICULO 2°.-A efectos de garantizar las operaciones autorizadas en el Artículo 1 se faculta al Poder Ejecutivo Provincial a afectar en garantía o ceder en pago los Recursos Provinciales de libre disponibilidad provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos ratificados por Ley Nacional N° 25.570, de acuerdo a lo previsto por los Artículos 1, 2 y 3 del Acuerdo Nación Provincia sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos o el régimen que en el futuro lo sustituya y/o reemplace.-

ARTÍCULO 3°.-Como consecuencia de lo dispuesto en el Artículo precedente, autorízase al Poder Ejecutivo Provincial, para que a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia, suscriba todos los documentos y acuerdos y gestione todas las medidas que sean necesarias para la ejecución y cumplimiento del mismo.-

ARTICULO 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 de Diciembre 2017.-

 

Dr. Nicolás Martín Snopek

Secretario Parlamentario

Legislatura de Jujuy

 

C.P.N. Carlos G. Haquim

Presidente

Legislatura de Jujuy

 

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

EXPTE. N° 200-816/17.-

CORRESP. A LEY N° 6047.-

SAN SALVADOR DE JUJY, 21 DIC. 2017.-

Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Hacienda y Finanzas; Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos; Tierra y Vivienda y Secretaria General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHIVESE.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR