BOLETÍN OFICIAL Nº 144 – 20/12/17

Juzgado de Primer a Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, Secretaria Nº 2, en el Expte. Nº C-068215/16: “Ejecutivo: Miguel Ángel Imperiale c/ Sarmiento, Sergio Antonio” se hace saber al demandado el Sr. Sergio Antonio Sarmiento el siguiente decreto: San Salvador de Jujuy, 06 de Octubre de 2.016. De conformidad con lo previsto por los arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra del demandado Sr. Sergio Antonio Sarmiento, en el domicilio denunciado por la suma de Pesos: treinta y nueve mil doscientos ($39.200,00.) en concepto de capital, con más la suma de pesos: once mil setecientos sesenta ($11.760,00.), presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio. En defecto de pago, hágasele saber que se convertirá en definitivo el Embargo Preventivo trabado a fs. 15/16 de autos.- Asimismo, cítaselo de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de cinco días, en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, Secretaria N° 2, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- Córrasele traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Por el mismo término intimase a constituir domicilio legal dentro del radio de los tres kilómetros del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 52 del ítem.- San Salvador de Jujuy, 10 de Noviembre de 2017: 1.- Atento a lo solicitado en el escrito que antecede al estado de la causa y lo dispuesto por el Art. 474 y el Art. 162 del C.P.C., notifíquese por Edicto al accionado Sergio Antonio Sarmiento del decreto de fs. 17 de autos. 2.- A tal fin publíquese edictos en un Diario local y en el Boletín Oficial tres veces por cinco días.- 3.- Actuando el principio contenido en el primer párrafo del Art. 72 del C.P.C. (por analogía Art. 137 del C.C.N.), impónese al proponente la carga de confeccionar el mismo para su control y firma.- 4.- Notifíquese Art. 154 del C.P.C.- Secretaria: Dra. Ma. De Los Ángeles Meyer.- Publíquese en el Boletín Oficial por tres (3) veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 22 de Noviembre de 2017.-

 

20/22/27 DIC. LIQ. Nº 12802 $360,00.-