BOLETÍN OFICIAL Nº 144 – 20/12/17

Dr. Jorge Daniel Alsina, Vocal de la Cámara en lo Civil y Comercial, Sala II, Vocalía 5, en el Expte. Nº C-025810/14 caratulado: Vilte Lucy y Otro c/ Cruz De Valdiviezo Rosa y Otros s/ Prescripción Adquisitiva”, hace saber a la Sra. Rosa Cruz de Valdivieso que se ha dictado el siguiente decreto: San Salvador de Jujuy 23 de Noviembre del Año 2017. I- Proveyendo a la presentación de fs. 244: téngase por contestado el traslado del art. 301 del C.P.C. por el Dr. Marcelo Horacio Frías. II -Atento el informe actuarial que antecede y lo solicitado por el Dr. Marcelo Horacio Frías a fs. 244 y en virtud de lo previsto por el Art. 298-2° apartado del C.P.C., dése por decaído el derecho a contestar la demanda los demandados Lilia Nelli Martínez, María Elena Del Carmen Cazon, Gladis Noemí Martínez, Alicia María Martínez Bracamonte, Yolanda María Del Rosario Paz, Martha Ester Vilte, Ernesto Jesús Vilte, Rosa Cruz De Valdiviezo y Edgardo Cesar Vilte. Firme, se designara como representante de los Sres. Lilia Nelli Martínez, Gladis Noemí Martínez, Alicia María Martínez Bracamonte, Martha Ester Vilte, Ernesto Jesús Vilte, Rosa Cruz De Valdiviezo y Edgardo Cesar Vilte al Sr. Defensor Oficial Civil que por turno corresponda. III- Actuando…IV. Proveyendo…V- Notifíquese por cédula y a los demandados en los domicilios denunciados y por los mismos medios por los que se les notificó el traslado de demanda.- Fdo: Dr. Jorge Daniel Alsina-Vocal-Por Ante mi: Dra. Rocio Gismano, Prosecretraria.- Publíquese por tres veces, dentro de un período de cinco días en el Boletín Oficial y un diario autorizado de la localidad mas próxima a la ubicación del inmueble.- San Salvador de Jujuy, 29 de noviembre de 2.017.-

 

15/18/20 DIC. LIQ. Nº 12667 $360,00.-