BOLETÍN OFICIAL Nº 144 – 20/12/17

DECRETO Nº 5223-S/2017.-

EXPTE Nº 200-301/17.-

Agdos. expte. N° 700-544/16, N° 716-2302/16 y N° 716-846/16.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 NOV. 2017.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.-Imprímase el trámite de Reclamación Administrativa que prevé el artículo 6º de la Ley 1888 a la presentación efectuada por el apoderado legal de la Sra. Benita Gutiérrez.‑

ARTICULO 2°.-Rechazase por improcedente el Reclamo Administrativo previo interpuesto por el Dr. Aníbal Massaccesi, en su carácter de Apoderado Legal de la Sra. BENITA GUTIÉRREZ, D.N.I. N° 11.488.021, en contra de la Resolución N° 3952-S-2017 emitida por el Sr. Ministro de Salud, en fecha 31 de mayo de 2017, por  las razones invocadas en el exordio.-

ARTICULO 3°.-Dejase establecido que el presente Decreto se emite al solo efecto de dar cumplimiento al artículo 33 de la Constitución Provincial, sin que importe rehabilitar instancias caducadas y/o plazos procesales vencidos, así mismo y por el principio de eventualidad procesal, se deja opuesta de forma subsidiaria defensa de prescripción.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR