BOLETÍN OFICIAL Nº 51 – 06/05/11

Icon_PDF_6DECRETO N° 6801-S.-

EXPTE. N° 710-1085/09.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 OCT. 2010.-

VISTO:

El Convenio suscripto entre el Ministerio de Salud de la Nación representado por su entonces titular, Lic. Maria Graciela Ocaña y el Ministerio de Salud de la Provincia de Jujuy, representado por el Sr. Ministro Dr. Víctor Alberto Urbani en fecha 18 de mayo de 2.009, para la puesta en marcha del Proyecto Jurisdiccional enmarcado en las acciones del Programa de Salud Familiar; y

CONSIDERANDO:

Que, el “Programa de Salud Familiar”, fue modificado en su denominación por “Programa de Médicos Comunitarios, Equipos de Salud del Primer Nivel de Atención”, conforme surge de la Resolución Nº 250 dictada por el Sr. Ministro de Salud de la Nación”en fecha 1º de septiembre de 2.009;

Que, el referido convenio tiene por objeto asegurar el fortalecimiento del Primer Nivel de Atención a través de la estrategia de Atención Primaria de la Salud (A.P.S) y garantizar adecuadas condiciones de Salud para la población, procurando la corrección de las desigualdades por medio del acceso universal a servicios integrales y de alta calidad, fomentando la participación comunitaria y la acción intersectorial;

Que, en las cláusula que conforman el mismo, se establecen de manera especifica los compromisos asumidos por las partes intervinientes;

Que, mediante Resolución Nº 717, emitida en fecha 18 de mayo de 2.009, por el Ministerio de Salud de la Nación, se aprueba que nos ocupa;

Que, Asesoria Legal de Fiscalia de Estado a fs. 41, emite dictamen de competencia, compartido por la Coordinación del Departamento de Asuntos Legales a fs. 42, de cuyos términos se desprende que se encuentran delineados los elementos necesarios para la emisión del presente Decreto;

Por ello y a los efectos de su regularización administrativa;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Ratificase el Convenio suscripto entre el Ministerio de Salud de la Nación representado por su entonces titular, Lic. María Graciela Ocaña y el Ministerio de Salud de la Provincia, representado por el Sr. Ministro Dr. Víctor Alberto Urbani, en fecha 18 de mayo de 2009, para la puesta en marcha del Proyecto Jurisdiccional enmarcado en las acciones del Programa de Salud Familiar, ahora denominado “Programa de Médicos Comunitarios, Equipos de Salud del Primer Nivel de Atención, Agregado a fs. 05/34 de las presentes actuaciones, de conformidad a lo expresado en el exordio.-

ARTÍCULO 2°.- Por Escribanía de Gobierno procédase a protocolizar el Convenio Marco que se aprueba por el Artículo 1º.-

ARTÍCULO 3°.- Dése  cuenta a la Legislatura de la Provincia Jujuy, en cumplimiento a lo dispuesto por el Articulo 137º de la Constitución Provincial.-

ARTÍCULO 4°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, pase a Escribanía de Gobierno para su Protocolización, a Tribunal de Cuentas  para su conocimiento, comuníquese, publíquese en forma integral, dése al Registro y Boletín Oficial, pase a la Secretaria General de la Gobernación para su posterior remisión a la Legislatura de la Provincia y Ministerio de Salud a sus efectos. Cumplido, archivese.-

 

WALTER B. BARRIONUEVO

Gobernador