BOLETÍN OFICIAL Nº 142 – 15/12/17

CESIÓN GRATUITA DE CUOTAS SOCIALES: Entre don PABLO EUGENIO BOGADO, argentino, D.N.I. Nº 32.408.630 domiciliado en Lamadrid Nº 149 de esta Ciudad, en adelante llamado el CEDENTE, por una parte y el Sr. JOSE ANTONIO ZAMBRANA CLAVIJO, boliviano, D.N.I. Nº 95.113.177, domiciliado en calle Necochea Nº 578 de esta Ciudad, en adelante el CESIONARIO, dicen: Que han resuelto celebrar la siguiente Cesión Cuota Social, y que se regirá por el articulado que a continuación se especifica: PRIMERO: don Pablo Eugenio Bogado, es propietario de Trescientas (300) Cuotas Sociales de  Pesos Cien ($100) cada una, que totalizan la suma de Pesos Treinta Mil ($30.000), de la Sociedad de Responsabilidad Limitada, que gira en plaza en la Ciudad de San Salvador de Jujuy, bajo la denominación de “GÉNESIS SEGURIDAD S.R.L.”, constituida por instrumento privado de fecha Treinta de Junio de dos mil seis, e inscripta en el Registro Público de Comercio de esta Provincia al Folio 513, Acta Nº 500, Libro II de S.R.L., y registrado como copia bajo Asiento 39 al Folio 223/229, del Legajo XI, Tomo II, del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L., con fecha 13 de Septiembre de 2006.- Por este acto don Pablo Eugenio Bogado, transfiere sesenta cuotas partes a favor de don José Antonio Zambrana Clavijo, por lo tanto la  conformación del Capital de la razón “GÉNESIS SEGURIDAD S.R.L.”, queda de la siguiente manera: don Pablo Eugenio Bogado con el  ochenta (80%) por ciento de las cuotas de Pesos Cien ($100) cada una y don José Antonio Zambrana Clavijo con el veinte (20%) por ciento de las cuotas de Pesos Cien ($100) cada una.- SEGUNDO: Por este acto el Cedente se obliga a transferir los títulos o certificados que acrediten dicha tenencia. El presente instrumento es suficiente para que se tome debida nota del mismo en los registros societarios. TERCERO: Todos los gastos e impuestos que se ocasionen por esta transferencia serán soportados por las partes. CUARTO: Para todos los efectos legales las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, constituyendo domicilios en los indicados al principio. En muestra de conformidad, previa lectura y ratificación de las mismas: se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de San Salvador de Jujuy,  a los 07 días del mes de diciembre de  dos mil dieciséis.- ACT. NOT. B 00279901 – ESC. PATRICIO LACSI- TIT. REG. Nº 25- S. S. DE JUJUY.-

 

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 24 de Noviembre de 2017.-

MARTA ISABEL CORTE. –

P/HABILITACIÓN AL JUZGADO DE COMERCIO. –

15 DIC. LIQ. Nº 12652 $270,00.-