BOLETÍN OFICIAL Nº 58 – 23/05/11

Icon_PDF_6MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE JUJUY

DECRETO Nº 092 IM- 2011.-

SAN PEDRO DE JUJUY, 11 MAY. 2011.-

VISTO:

El pedido de adquisición de una retroexcavadora efectuado por la Secretaria de Obras y Servicios Públicos de esta Municipalidad, destinada a la prestación de los servicios públicos esenciales que precisa la población de todo el Ejido Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que el parque automotor perteneciente a la Municipalidad cuenta con dos equipos de parecidas características: Una Retroexcavadora que se halla en desuso desde muchos años atrás, habiéndola recibido en ese estado esta gestión comunal y que su puesta en funcionamiento resultaría extremadamente oneroso; y otra Retroexcavadora que según el informe del Director de Automotores no cuenta con brazo extensible y otros accesorios que se necesitan para realizar trabajos de limpieza de canales y microbasurales de toda la ciudad.

Que la incorporación al patrimonio municipal de una máquina de este tipo con brazo extensible, vendría a llenar una importante necesidad que tiene la prestación de servicios públicos esenciales para la población, como los relacionados con el Saneamiento Ambiental, ya que dicho equipo serviría precisamente para limpiar canales profundos de desagües pluviales y de riego, que acumulan gran cantidad de basura y desechos que atentan contra la salud de la población Sampedreña.

Que también esta máquina sería útil para la eliminación de microbasurales en todos los barrios de la ciudad, lográndose mayor rapidez en la ejecución de los trabajos en el basural y pudiéndose depositar en forma permanente y sin inconvenientes alguno los Residuos Sólidos urbanos Recolectados.

Que la adquisición de este tipo de rodado, importa un gran avance en la inversión de Bienes de Capital pertenecientes al Patrimonio Municipal, a la vez que se disminuye la urgencia en contratar con terceros la prestación de un servicio fundamental para el bienestar de la población.

Que el Decreto 206/2009 Creación del Fondo Nacional Solidario permite financiar obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda y víal en ámbitos urbanos o rurales.

Que la Resolución Conjunta 157/2009, 25/2009 y 1735/2009 en su art. 4 define el ámbito de aplicación del Decreto 206/2009 y permite la inclusión de Bienes de Capital que sirvan para producir otros servicios, que no se agoten en su primer uso, y que tengan una duración superior a un año y están sujetos a depreciación, y por lo tanto se corresponden con el tipo de bien a adquirir en el presente llamado a Licitación.

Que una de las prioridades del Jefe del Departamento Ejecutivo es la Prestación eficiente y eficaz de todos los servicios públicos.

Que el señor Intendente Municipal ha dado instrucciones precisas para que toda contratación se haga respetando los principios básicos de publicidad y competencia.

Que conforme a los cálculos realizados por este Municipio, el presupuesto oficial de la maquina a contratar, asciende a $420.000,00 (Pesos Cuatrocientos Veinte Mil con 0/100), el que encuadrado dentro de las disposiciones del Artículo 1º del Decreto Nº 5662-H-06, da como resultado que la presente contratación debe encararse como Licitación Pública Nº 01/2010.

Que la Asesoría Contable ha elaborado un proyecto de Pliego de Bases y Condiciones Particulares para el presente llamado.

Que a fin de dar cumplimiento a lo establecido por el Reglamento de Contrataciones del Estado en su Artículo 43º, es necesario formar una Comisión de Pre-Adjudicación,- la que estará integrada por el CPN EZEQUIEL ACOSTA GARCIA, por el CPN JUAN PABLO AUAD, por la Asesora de Obras Publicas, Ing. MIRIAM MURILLO y por el Director de Automotores señor JOSE LUIS ROSSO, siendo misión de esta Comisión analizar las ofertas presentadas, formular un cuadro comparativo de las mismas y dictaminar acerca de la oferta más conveniente a los intereses del Municipio.

Que el artículo 60° del Decreto-Ley N° 159-H/G-1957 –Ley de Contabilidad– dispone respecto a las publicaciones de los llamados a Licitación Pública, que las mismas se efectúen en el Boletín Oficial mediante (3) publicaciones consecutivas y por  lo menos tres (3) publicaciones en un diario de circulación de todo el ámbito de la Provincia de Jujuy con (15) días corridos de anticipación y que a los efectos del cómputo de los plazos de anticipación y publicación, no se considerará el día de Apertura de Propuestas de la Licitación.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por la Constitución de la Provincia y por la Carta Orgánica Municipal,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE JUJUY

DECRETA:

ARTÍCULO 1º: Autorizar a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, a llamar a Licitación Pública Nº 01/2011 para la “Adquisición de una (1) Retroexcavadora”, cuyas especificaciones y características obran en el Pliego de Bases y Condiciones particulares, que forma parte integrante del presente.

ARTICULO 2º: Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares preparado por la Asesoría Contable para esta Licitación Pública.

ARTICULO 3º: Fijar para la apertura de las ofertas, el día 10 de Junio de 2011 a horas 09:00 o el día inmediato siguiente si aquél fuera inhábil, en el despacho del Secretario de Obras y Servicios Públicos, sito en Aristóbulo del Valle esquina Hipólito Irigoyen de la ciudad de San Pedro de Jujuy.

ARTICULO 4º: Publicar en forma inmediata el presente llamado en el Boletín Oficial de esta Municipalidad y en el Boletín Oficial de la Provincia mediante tres (3) publicaciones consecutivas y en  un diario local de circulación provincial, mediante también tres (3) publicaciones consecutivas.

ARTICULO 5º: Crear la Comisión de Pre-Adjudicación la que estará integrada integrada por el CPN EZEQUIEL ACOSTA GARCIA, por el CPN JUAN PABLO AUAD, por la Asesora de Obras Publicas, Ing. MIRIAM MURILLO y por el Director de Automotores señor JOSE LUIS ROSSO, siendo misión de esta Comisión analizar las ofertas presentadas, formular un cuadro comparativo de las mismas y dictaminar acerca de la oferta más conveniente a los intereses del Municipio.

 

ARTÍCULO 6º: Imputar los gastos que demande la adquisición de la máquina a licitar a la partida Programa Fondo Federal Solidario que con recursos afectados tiene asignada.

ARTICULO 7º: Notifíquese, comuníquese y regístrese. Cumplido, archívese.

 

Esteban Fado Zamar

Intendente

23 MAY. LIQ. Nº 95647 $ 30,00.-