BOLETÍN OFICIAL Nº 60 – 30/05/11
EXPTE. N° 500-579/09.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 OCT.2009.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Otórgase, por única vez y con carácter excepcional, a favor de los agentes alcanzados por los Decretos- Acuerdos Nº 2847-H-09, Nº 2848-H-09; Nº 2849-H-09, 2853-H-09, Nº 2854-H-09, Nº 2855-H-09, Nº 2857-H-09,2858-H-09, Nº 3716-H-09 y Nº 3717-H-09, un Suplemento No Remunerativo No Bonificable equivalente al 50% de los concepto reconocidos en los mencionados dispositivos, conforme lo expresado en el exordio que integra el presente .- Dicho suplemento se abonará en el mes de octubre, en concordancia con el Sueldo Anual Complementario correspondiente al primer semestre del año 2009, a favor del personal con derecho a percibir el mismo y en la proporción que por tal concepto le correspondió.-
WALTER B. BARRIONUEVO
Gobernador