BOLETÍN OFICIAL Nº 60 – 30/05/11
EXPTE. N° 500-582/09.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 AGO. 2009.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Otorgase, a partir del 1º de Agosto de 2009, a favor de los agentes de planta permanente, reemplazante y contratados bajo la modalidad de locacion de servicios, del Escalafón General y Profesional, dependientes de la Administración Pública Provincial, centralizada, descentralizada, organismos autárquico, personal a quienes se aplican los Convenio Colectivos de Trabajo Nº 36/75 y Nº 55/89, incluido el personal Tribunal de Cuentas, Poder Legislativo y Judicial, sin distinción de categoría , bajo los requisitos y con las únicas excepciones que establece el presente, Decreto- Acuerdo un Suplemento no Remunerativo no Bonificable equivalente a la diferencia entre la suma de Pesos doscientos ($200) y el valor del Adicional No Remunerativo otorgado por Decreto Acuerdo Nº 4371-H-09 siempre que este último resultare inferior al total de los pagos a cuentas otorgados en el presente ejercicio.-
WALTER B. BARRIONUEVO
Gobernador