BOLETÍN OFICIAL Nº 137 – 05/12/16

Ampliación de Contrato de Constitución de Sociedad de Responsabilidad Limitada.- En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los veintiún días del mes de  octubre del año dos mil dieciséis, entre el Sr. Rubén Orlando Paita, nacido el 12 de julio de mil novecientos sesenta y nueve, profesión herrero, nacionalidad Argentino, estado civil casado en primeras nupcias con Casilda Herrera, con domicilio en calle San Luis N° 86, Barrio Rosalía, de la Ciudad de el Carmen, documento de identidad N° 24.785.951, Sr. Miguel Alberto Paita, nacido el 26 de Enero de mil novecientos ochenta, profesión herrero, nacionalidad Argentino, estado civil casado en primeras nupcias con Anahí González, con domicilio en calle San Luis N° 86, Barrio Rosalía, de la Ciudad de El Carmen, documento de identidad N° 27.844.123, Sr. Santos Martínez, nacido el 1° de Agosto de mil novecientos cincuenta y siete, profesión herrero, nacionalidad argentino, estado civil casado en primeras nupcias con Susana Vedia, con domicilio en Finca Armando Fachini, localidad de Monterrico, Dto. El Carmen, documento de identidad N° 17.153.463 y el Sr. Emanuel Omar Paita, nacido el 9 de Junio de mil novecientos noventa y seis, profesión comerciante, nacionalidad Argentino, estado Civil soltero, con domicilio en calle 9 de Julio N° 200, Barrio Centro, de la Ciudad de El Carmen, documento de identidad N° 39.739.033, convienen celebrar la presente ampliación de cláusulas de contrato de Sociedad De Responsabilidad Limitada, de  acuerdo con la ley de sociedades Comerciales 19550 y sus modificaciones Ley 22903, y que se regirá por las siguientes cláusulas: Ampliación y Aclaratoria de Cláusula Quinta: Capital Social- Suscripción: El capital social se establece en la suman de Pesos Doscientos Mil ($200.000), dividido en  Cien (100) cuotas de Pesos Un Mil ($2.000) cada una de valor nominal. Los socios suscriben las cuotas que integran el capital social según las siguientes proporciones: 1) Rubén Orlando Paita suscribe la cantidad de 34 cuotas, que importan pesos Sesenta y Ocho Mil ($68.000) 2) Miguel Alberto Paita suscribe la cantidad de 4 cuotas, que  importa pesos Ocho Mil ($8.000); 3) Santos Martínez suscribe la cantidad de 31 cuotas, que importan pesos Sesenta y Dos ($62.000) y 4) Emanuel Omar Paita suscribe la cantidad de 31 cuotas, que importan pesos Sesenta y Dos Mil ($62.000). Los aportes se realizarán parcialmente en efectivo y parcialmente en especie, conforme la certificación de Aportes en Especie que se adjunta legalizado por el Consejo de Profesional de Ciencias Económicas de Jujuy, y será de la siguiente forma: 1) Rubén Orlando Paita suscribe la cantidad de 34 cutas, que importan pesos Sesenta y Ocho Mil ($68.000), cuyo aporte será en su totalidad en especie. 2) Miguel Alberto Paita suscribe la cantidad de 4 cuotas, que  importa pesos Ocho Mil ($8.000), cuyo aporte será en la suma de Pesos Siete Mil en especie y la suma de Pesos Un Mil en dinero en efectivo. 3) Santos Martínez suscribe la cantidad de 31 cuotas, que importan pesos Sesenta y Dos ($62.000), cuyo aporte será en la suma de Pesos Sesenta Mil quinientos en especie y la suma de Pesos Un Mil quinientos en dinero en efectivo. Por último 4) Emanuel Omar Paita suscribe la cantidad de 31 cuotas, que importan pesos Sesenta y Dos Mil ($62.000), cuyo aporte será en su totalidad en efectivo. Las partes deciden ampliar en Contrato de Constitución de la Sociedad de Responsabilidad Limitada comprometiéndose a su fiel cumplimiento de buena fe y conforme a derecho y en prueba de conformidad de ello suscriben el presente. ACT. NOTARIAL N° B 00268338, ESC. LEONARDO GABRIL CASALI, TIT. REG. N° 72, EL CARMEN – JUJUY.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día  de conformidad al Art. 10 de la Ley  19.550.-

San Salvador de Jujuy, 25 de Noviembre de 2016.-

MARTA ISABEL CORTE

P/HABILITACIÓN DEL JUZGADO DE COMERCIO

05 DIC. LIQ. Nº 124236 $130,00.-