BOLETÍN OFICIAL Nº 67 – 15/06/11
EXPTE. Nº 500-171-2009.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 MAR. 2009.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA
ARTICULO 1º.- Otórgase a partir del 1º de mayo de 2009 y a cuenta de futuros incrementos salariales, el carácter de Bonificable a la suma de Pesos cincuenta ($ 50) del Suplemento No Remunerativo No Bonificable que se otorgó e incrementó, por el Artículo 1º del Decreto Acuerdo Nº 2848-H-09 y por Decreto Acuerdo Nº 2852-H-09 respectivamente.- El importe de Pesos cincuenta ($50) bonificará en los respectivos adicionales personales del agente, a partir de considerarlo Neto Ley.-
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR