BOLETÍN OFICIAL Nº 136 – 29/11/17

Modificación del Contrato de Constitución de “TMA Sociedad de Responsabilidad Limitada”.- En la Ciudad de Libertador General San Martín, Departamento Ledesma, a los seis días del mes de Julio del año dos mil diecisiete, reunidas las señoras, doña Lucia Soledad Ponce, D.N.I. Nº 32.002.150, C.U.I.T. Nº 27-32002150-8, de 31 año de edad, nacida el día nueve de Enero del año mil novecientos ochenta y seis, soltera, mayor de edad, capaz, de profesión comerciante, con domicilio real en calle Florida Nº 112, del Barrio Ledesma de ésta Ciudad y doña Cecilia Josephine Vargas, D.N.I. Nº 12.494.999, C.U.I.T. Nº 27-12494999-3, de 60 años de edad, nacida el día veintiuno de Enero del año mil novecientos cincuenta y siete, casada en primeras nupcias con don Pablo Bernabé Chemes, mayor de edad, capaz, de profesión comerciante, con domicilio real en calle Suipacha Nº 78, del Barrio Ledesma de ésta Ciudad, convienen en celebrar y/u otorgar (a los efectos de subsanar las observaciones realizadas por el Registro Público de Comercio-Expediente Nº C-087862/2017- TMA S.R.L.) la presente Modificación del Contrato de Constitución de “TMA Sociedad de Responsabilidad Limitada”. En consecuencia, de común y unánime acuerdo, convienen en redactar la cláusula cuarta del referido contrato de la siguiente manera: PRIMERA: “CUARTA: El Capital Social se fija en la suma de Pesos un millón doscientos mil ($1.200.000) que se divide en (1200) cuotas iguales de  Pesos Mil ($1000), cada una de las que se encuentran totalmente suscriptas por cada una de las socias en las siguientes proporciones: La señora Lucia Soledad Ponce (720) Cuotas por la suma de Pesos ochocientos sesenta y cuatro mil ($864.000) y la señora Cecilia Josephine Vargas (480) cuotas por la suma de Pesos cuatrocientos ochenta mil, ($480.000) Las cuotas se integran en este acto en su totalidad en dinero en efectivo. Se conviene que el capital que el Capital Social podrá ser incrementado cuando el giro comercial asó lo requiera, mediante la suscripción e integración de cuotas suplementarias. La Asamblea de socios con el voto favorable de más de la mitad del capital social aprobará las condiciones de monto, plazos, suscripción e integración, guardando la misma proporción en que cada socia sea titular al momento de tal decisión.”. Ambas Socias acuerdan en no modificar las restantes cláusulas del Contrato de Constitución de “TMA S.R.L.”.- SEGUNDA: de conformidad con lo establecido en la cláusula sexta del contrato social original, se designa en este acto, gerente a la Sra. Lucia Soledad Ponce, DN.I. N° 32.002.150.- TERCERA: quedando en consecuencias las mismas con idéntica redacción a la plasmada en el instrumento suscripto el día cuatro de abril del año dos mil diecisiete.- CUARTA: Autorizan a la Dra. Gisela Mazzeo, abogada, Matricula Profesional Nº 1.690, a realizar todos los trámites de inscripción ante el Registro Público de Comercio, con amplias facultades, incluso para aceptar modificaciones al texto del presente contrato y otorgar los instrumentos que fueran necesarios a los referidos fines. La autorizada se encuentra facultada para acompañar y/o desglosar documentación y depositar y/o retirar las sumas dinerarias referidas en el artículo 149, 2º párrafo de la Ley 19.550.- QUINTA: Las partes otorgan y aceptan la presente modificación del Contrato de Constitución de “TMA S.R.L.” por ajustarse el mismo a lo convenido, siendo el presente fiel y acabado reflejo de la voluntad social.- SEXTA: Por el presente se conviene que ante cualquier conflicto que se suscite entre las socias y que no pueda dirimirse en Asamblea, se someterá y resolverá ante los tribunales competentes de la Provincia de Jujuy.- En el lugar y fecha indicados en el encabezamiento se suscriben tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.- ACT. NOT. B 00297159- ESC. GONZALO IGNACIO TORO – TIT. REG. Nº 76 – L.G. SAN MARTÍN – JUJUY.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 22 de Noviembre de 2017.-

MARTA ISABEL CORTE

P/ HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO.-

29 NOV. LIQ. Nº 12572 $175,00.-