BOLETÍN OFICIAL Nº 135 – 27/11/17

En la Ciudad de Perico, Provincia de Jujuy, a los 05 días del mes de mayo del año 2.016, siendo hs. 17 se reúnen en la sede social de GEA AGRONEGOCIOS S.R.L., encontrándose presentes los Sres. Socios Sr. Gustavo José Domandl, Ricardo Juan Mecchia y Martín Alejandro Cabana, quienes detentan en su poder la totalidad de las cuotas sociales que componen el capital social. En consecuencia encontrándose reunidos el cien por cien (100%) del Capital Social, los socios se reúnen válidamente en asamblea a fin de tratar la siguiente orden del día: 1-Designación de los socios que suscriben el acta. 2-Cesión de Cuotas Sociales del Sr. Ricardo Juan Mecchia a favor del Sr. Martín Alejandro Cabana por la suma de pesos Cuarenta y Cuatro Mil ($44.000). 3-Autorización para dejar sin efecto, para la citada cesión la cláusula quinta del Contrato Constitutivo respecto de la fijación del valor de venta de las cuotas sociales. Abierta la asamblea se pasa a tratar el orden del día. 1-Designación de los socios que suscriben el acta.- Puesto el tema a consideración luego de un breve intercambio de palabras se decide por unanimidad que la totalidad de los socios presentes suscriban el acta. 2-Cesión de cuotas sociales del Sr. Ricardo Juan Mecchia a favor del Sr. Martín Alejandro Cabana por la suma de pesos cuarenta y cuatro mil ($44.000). Puesto el punto en consideración, toma la palabra el socio Ricardo José Mecchia quien manifiesta que su socio Gustavo José Domandl, ha sido puesto en conocimiento en los plazos y a efecto de que se ejerzan o no el derecho de preferencia pactado en la cláusula Quinta del Contrato Social, de la transmisión de las cuotas sociales del Sr. Ricardo Juan Mecchia a favor del Sr. Martín Alejandro Cabana. Acto seguido toma la palabra el Sr. Gustavo José Domandl quien manifiesta que no ejercerá el derecho de preferencia para la cesión de las cuotas sociales pertenecientes al Sr. Ricardo Juan Mecchia, toma la palabra nuevamente el socio Ricardo Juan Mecchia y mociona por autorizar y aprobar la transmisión y cesión de las Cuotas Sociales del Sr. Ricardo Juan Mecchia a favor del Sr. Martín Alejandro Cabana; luego de una larga deliberación se decide por unanimidad aprobar la moción. 3-Autorización para dejar sin efecto, para la citada la cláusula Quinta del Contrato Constitutivo respecto de la fijación del valor de venta de las cuotas sociales. Toma la palabra el socio Mecchia y manifiesta que considera adecuado el valor de compra ofrecido por Sr. Martín Alejandro Cabana. Acto seguido toma la palabra el Sr. Gustavo José Domandl quien manifiesta que también está de acuerdo con el valor ofrecido por el Sr. Martín Alejandro Cabana. Acto seguido se procede a la votación, de la que resulta la aprobación por unanimidad. Acto seguido el socio Sr. Domandl mociona para encomendar el apoderado legal de la sociedad Dr. Martín Francisco Llamas para que realice las gestiones necesarias para inscribir en caso de corresponder, en el Registro Público de Comercio la presente acta. Lo que es aprobado por unanimidad. Concluido el temario dispuesto en el orden del día, no siendo para mas el acto se da por concluida la Asamblea de socios a hs. 20:15.- ESC. MARIA EMILIA MACINA, ADS. REG. Nº 32, S.S. DE JUJUY.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 04 de Octubre de 2017.-

JORGE EZEQUIEL VAGO

PROSECRETARIO TECNICO-REGISTRO PÚBLICO

27 NOV. LIQ. Nº 12503 $215,00.-