BOLETÍN OFICIAL Nº 134 – 24/11/17

LEGISLATURA DE JUJUY

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY N° 6035

“ADHESION A LA LEY NACIONAL N° 27.287

ARTÍCULO 1.-Adhiérase la Provincia de Jujuy a la Ley Nacional N° 27.287 de “Creación del Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil”.-

ARTÍCULO 2.-Designase al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Jujuy como Autoridad de Aplicación de la presente Ley.-

ARTÍCULO 3.-El Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Seguridad, reglamentará la presente Ley, en un plazo de ciento ochenta (180) días corridos, contados a partir de su promulgación.-

ARTÍCULO 4.-La presente Ley entrará en vigencia a partir de su promulgación.-

ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.‑

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 de Noviembre de 2017.‑

 

Dr. Nicolás Martín Snopek

Secretario Parlamentario

Legislatura de Jujuy

 

Dip. Carlos Alberto Amaya

Vice-Presidente 1°

A/C de Presidencia

Legislatura de Jujuy

 

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

EXPTE. N° 200-722/17.-

CORRESP. A LEY N° 6035‑

SAN SALVADOR DE JUJUY,  23 NOV. 2017.-

 

Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Seguridad, Ministerio de Gobierno y Justicia y Secretaría General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHIVESE.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR